{"id":1011,"date":"2018-12-05T01:29:00","date_gmt":"2018-12-05T00:29:00","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/2018\/12\/05\/el-ayuntamiento-debera-indemnizar-a-los-vecinos-afectados-por-los-ruidos-de-las-fiestas-de-2014\/"},"modified":"2018-12-05T01:29:00","modified_gmt":"2018-12-05T00:29:00","slug":"el-ayuntamiento-debera-indemnizar-a-los-vecinos-afectados-por-los-ruidos-de-las-fiestas-de-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/el-ayuntamiento-debera-indemnizar-a-los-vecinos-afectados-por-los-ruidos-de-las-fiestas-de-2014\/","title":{"rendered":"El Ayuntamiento deber\u00e1 indemnizar a los vecinos afectados por los ruidos de las fiestas de 2014"},"content":{"rendered":"
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le condena a pagar un total de 54.000 euros porque se exced\u00edan los niveles legalmente permitidos<\/h3>\n

La secci\u00f3n 10\u00aa de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de Moralzarzal a pagar una indemnizaci\u00f3n de 4.500 euros a 12 vecinos, un total de 54.000 euros<\/strong>, por las molestias que les causaron las fiestas patronales de 2014<\/strong>. Una cifra muy superior a la de la \u00faltima sentencia, de febrero de 2016, cuando la cantidad fue de 13.500 euros<\/strong> por los festejos de 2011<\/strong>. El motivo, como en la ocasi\u00f3n precedente, es el nivel de ruido que soportaron con la carpa pegada a sus viviendas, que superaba los l\u00edmites legalmente establecidos y en horarios intempestivos.<\/p>\n

Ante el caso omiso que hizo a sus quejas el Consistorio, gobernado por el PP <\/strong>cuando se produjeron los hechos, los afectados decidieron acudir a los tribunales porque consideraban la situaci\u00f3n intolerable y no se aplicaron medidas correctoras<\/strong>. Precisamente la reincidencia<\/strong> es lo que ha hecho que se agrave la condena, esa reiteraci\u00f3n en la conducta del Ayuntamiento que la sentencia califica como \u201creprochable\u201d<\/strong>.<\/p>\n

Partimos de la premisa de que unas fiestas patronales siempre van a molestar a alguien… ahora, si te empe\u00f1as, a pesar de que hay sentencias, en hacer las cosas mal, de manera reiterada y con intencionalidad, complicando la vida a los vecinos, \u00e9ste es el resultado. Esto, adem\u00e1s, viene precedido de una <\/i>mala planificaci\u00f3n urban\u00edstica<\/strong>, siempre se ha presumido de las fiestas como las mejores de la Sierra, viene un mont\u00f3n de gente, pero <\/i>nunca se ha previsto un recinto ferial<\/i><\/strong>“, <\/em>apunta el alcalde, Juan Carlos Rodr\u00edguez Osuna, quien ha recordado que el actual ejecutivo, en 2015, se sent\u00f3 a escuchar a los vecinos para tratar de minimizar los inconvenientes de las fiestas. En la actual legislatura no ha habido m\u00e1s denuncias.<\/p>\n

Esta \u00faltima decisi\u00f3n judicial llega tras el recurso de apelaci\u00f3n<\/strong> presentado por el Ayuntamiento, ya en este mandato, ante el panorama que se le presentaba, no poder celebrar m\u00e1s eventos ni instalar casetas, carpas, escenarios o estructuras similares en la avenida Salvador S\u00e1nchez Frascuelo<\/strong> y otras calles del casco urbano. “Corr\u00edamos el grave riesgo de quedarnos sin poder hacer fiestas patronales en todo el municipio, que es lo que dec\u00eda en un primer momento la sentencia… por eso recurrimos”. <\/em>Finalmente se permite hacerlo siempre que se adopten las medidas oportunas para reducir el impacto ac\u00fastico<\/strong>.<\/p>\n

Yo estuve en alguna vivienda colindante a la carpa y se mov\u00edan hasta los cuadros… eso no pod\u00eda seguir as\u00ed. En estos \u00faltimos a\u00f1os he firmado decretos para que se reduzca tanto el nivel del sonido como el horario y hemos conseguido, despu\u00e9s de mucho pelearlo, que las atracciones o cacharritos, como los llamamos vulgarmente, tengan una m\u00fasica uniforme, no sea una competici\u00f3n de m\u00fasicas como antes y se baje el volumen o se quite a partir de determinada hora. Sabemos que no es suficiente para muchos, pero en ello estamos trabajando”, <\/em>explica Rodr\u00edguez Osuna.<\/p>\n

El Ayuntamiento, adem\u00e1s, no tendr\u00e1 que abonar las costas judiciales<\/strong>, que suman 5.000 euros y que, en primera instancia, s\u00ed ten\u00eda que asumir.<\/p>\n

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Fuente: cope.es<\/a><\/p>\n<\/p><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
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