{"id":1033,"date":"2019-02-06T01:29:00","date_gmt":"2019-02-06T00:29:00","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/2019\/02\/06\/terrazas-con-musica-dale-con-la-burra-al-trigo\/"},"modified":"2019-02-06T01:29:00","modified_gmt":"2019-02-06T00:29:00","slug":"terrazas-con-musica-dale-con-la-burra-al-trigo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/terrazas-con-musica-dale-con-la-burra-al-trigo\/","title":{"rendered":"Terrazas con M\u00fasica: Dale con la burra al trigo"},"content":{"rendered":"
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El ruido tiene efectos nocivos serios sobre la salud de la poblaci\u00f3n. Est\u00e1 presente en todos los \u00e1mbitos de nuestra vida cotidiana. Consecuencia directa de ello son alteraciones psicol\u00f3gicas, distorsi\u00f3n del sue\u00f1o, y enfermedades vasculares y respiratorias.<\/p>\n
La contaminaci\u00f3n ac\u00fastica no solo encuentra como fuente actividades industriales o infraestructuras de transporte, sino que fundamentalmente tiene su origen en la sociedad del ocio. Es por tanto, en su mayor parte, responsabilidad de las autoridades locales y de sus funcionarios.<\/p>\n
Sin embargo, la respuesta del derecho frente a la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica est\u00e1 m\u00e1s bien enfocada hacia planteamientos normativos o herramientas de planificaci\u00f3n que inciden m\u00e1s sobre la globalidad del problema; mientras que ciudadanos concretos sufren sin perspectivas de soluci\u00f3n, siquiera a medio plazo, una exposici\u00f3n a focos ruidosos intolerables.<\/p>\n
Y ello en un esquema en el que se hace descansar en complejas normas t\u00e9cnicas y en mediciones, bajo condicionantes m\u00e1s que discutibles, la superaci\u00f3n de las trabas administrativas al inicio de cualquier actividad contaminante.<\/p>\n
Es necesario tomar consciencia del grav\u00edsimo problema que supone la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica; y desde una perspectiva multidisciplinar. La relaci\u00f3n entre el derecho al descanso y a la salud con el derecho a la vida privada a que se refiere la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos da paso a una necesaria protecci\u00f3n constitucional que ha de ir m\u00e1s all\u00e1 de los l\u00edmites de inmisi\u00f3n tolerados por concretas normas administrativas cuando estas se muestran ineficaces; y en la que confluyen \u00e1mbitos de protecci\u00f3n desde las \u00e1reas civil, administrativa, penal y laboral. <\/p>\n
A ello hay que a\u00f1adir el aumento desmesurado de terraza y veladores por el impacto de la normativa antitabaco. Con el ruido que ella genera. \u00bfQu\u00e9 se hace y que se deber\u00eda hacer? La Junta de Andaluc\u00eda y el Ayuntamiento de Sevilla, reman en contra. El Decreto 155\/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Cat\u00e1logo de Espect\u00e1culos P\u00fablicos, Actividades Recreativas y Establecimientos P\u00fablicos de Andaluc\u00eda y se regulan sus modalidades, r\u00e9gimen de apertura o instalaci\u00f3n y horarios de apertura y cierre, entr\u00f3 en vigor el 1 de agosto de 2018. Aunque se establecen determinados plazos, ya se est\u00e1 aplicando.<\/p>\n
Ello va implicar como enuncia la Disposici\u00f3n Adicional Tercera textualmente: \u201cInstalaci\u00f3n excepcional de equipos de reproducci\u00f3n o amplificaci\u00f3n sonora o audiovisuales y actuaciones en directo de peque\u00f1o formato en terrazas y veladores de establecimientos de hosteler\u00eda\u201d (Incluso en zonas saturadas)<\/p>\n
\u00bfPor qu\u00e9 se establece esto con car\u00e1cter \u201cte\u00f3ricamente\u201d excepcional? Ya que expresa su exposici\u00f3n de motivos textualmente: \u201cAdem\u00e1s de la adaptaci\u00f3n a los actuales h\u00e1bitos sociales en materia de ocio, a las demandas municipales y del sector, en estrecha relaci\u00f3n con las mismas, hay que hacer menci\u00f3n a la Proposici\u00f3n no de Ley en Pleno en defensa de la cultura y la m\u00fasica en Andaluc\u00eda, 10-15\/PNLP-000054, por la que el Parlamento de Andaluc\u00eda ha instado tambi\u00e9n al Consejo de Gobierno a incorporar al Nomencl\u00e1tor el concierto de peque\u00f1o formato o ac\u00fastico como un nuevo tipo de actividad recreativa as\u00ed como nuevos espacios denominados \u201cestablecimientos especiales\u201d en los que puedan desarrollarse espect\u00e1culos p\u00fablicos y actividades recreativas y de ocio con car\u00e1cter excepcional.<\/p>\n
La primera de las proposiciones se ha materializado en la inclusi\u00f3n de la figura \u00abactuaci\u00f3n en directo de peque\u00f1o formato\u00bb y la segunda en los \u201cestablecimientos especiales para festivales\u201d, en los que se pueden desarrollar, conjunta o simult\u00e1neamente, con car\u00e1cter ocasional y duraci\u00f3n inferior a cuatro meses dentro del a\u00f1o natural, espect\u00e1culos musicales, actividades de ocio y esparcimiento, actividades culturales y sociales y de hosteler\u00eda.\u201d Sevillanos\u2026 idse preparando.<\/p>\n