{"id":1541,"date":"2019-10-27T16:18:22","date_gmt":"2019-10-27T15:18:22","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/?p=1541"},"modified":"2019-10-30T16:19:05","modified_gmt":"2019-10-30T15:19:05","slug":"vecinos-de-santo-domingo-pretenden-reactivar-la-causa-sobre-el-ruido-de-barajas-con-un-incidente-de-nulidad-en-el-ts","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/vecinos-de-santo-domingo-pretenden-reactivar-la-causa-sobre-el-ruido-de-barajas-con-un-incidente-de-nulidad-en-el-ts\/","title":{"rendered":"Vecinos de Santo Domingo pretenden reactivar la causa sobre el ruido de Barajas con un incidente de nulidad en el TS"},"content":{"rendered":"
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Un total de 1.314 residentes de la colonia Ciudad Santo Domingo de Algete han presentado un incidente excepcional de nulidad de actuaciones ante el Tribunal Supremo por vulneraci\u00f3n de la tutela judicial efectiva en relaci\u00f3n al caso sobre el ruido de los vuelos del aeropuerto Adolfo Su\u00e1rez Madrid-Barajas, amenazando incluso con llevar al Estado ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.<\/h2>\n<\/div>\n

Un total de 1.314 residentes de la colonia Ciudad Santo Domingo de Algete han presentado un incidente excepcional de nulidad de actuaciones ante el Tribunal Supremo por vulneraci\u00f3n de la tutela judicial efectiva en relaci\u00f3n al caso sobre el ruido de los vuelos del aeropuerto Adolfo Su\u00e1rez Madrid-Barajas, amenazando incluso con llevar al Estado ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. El Alto Tribunal dict\u00f3 en 2008 una sentencia en la que se apreci\u00f3 la lesi\u00f3n del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria como consecuencia del ruido producido por el sobrevuelo de aviones en esta urbanizaci\u00f3n. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dio por zanjado el caso al determinar que el fallo estaba ejecutado al haberse reducido el ruido. El incidente se interpuso el pasado viernes despu\u00e9s de que el Supremo haya inadmitido el recurso de casaci\u00f3n presentado contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), de abril de 2017, que concluy\u00f3 que la sentencia de octubre de 2008 debe considerarse ejecutada. Se trata de la cuarta ejecuci\u00f3n de la Sentencia del Supremo de 2008, con numerosos autos del TSJM ellos recurridos en casaci\u00f3n al Supremo, que hasta ahora hab\u00eda admitido todos ellos. Los residentes piden ahora al Supremo que acuerde plantear una cuesti\u00f3n de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, ya que consideran que hay riesgo de convertir los recursos de casaci\u00f3n “en un obst\u00e1culo para la tutela judicial efectiva, lo que supone vulneraci\u00f3n del derecho fundamental al acceso a dichos recursos”. Seg\u00fan el abogado de los residentes, “la inadmisi\u00f3n del casaci\u00f3n del Supremo vac\u00eda de contenido posibles recursos frente a autos en ejecuci\u00f3n de sentencia, siendo de alcance supranacional”. “El mandato de sentencias podr\u00eda ser burlado por un simple auto dictado en ejecuci\u00f3n, con vulneraci\u00f3n de la tutela judicial efectiva, es decir del derecho fundamental a la ejecuci\u00f3n de sentencias”, se\u00f1ala el letrado. Adem\u00e1s, seg\u00fan el abogado, “el Supremo ha prejuzgado anticipadamente el fondo del asunto, sin respaldo jur\u00eddico, lo que evidencia juicio arbitrario en la inadmisi\u00f3n de la casaci\u00f3n, con vulneraci\u00f3n del derecho a resoluci\u00f3n motivada y fundada sobre el fondo del asunto”. Los recurrentes se\u00f1alan que esta casaci\u00f3n contra autos de ejecuci\u00f3n es “at\u00edpica”. No se trata de enjuiciar la actuaci\u00f3n del TSJM, sino garantizar el cumplimiento del fallo del Supremo de 2008. En este caso “la prueba es decisiva”, como se\u00f1al\u00f3 el propio Supremo el 7 de octubre de 2013. Tanto la Asociaci\u00f3n contra el Ruido y Riesgo de Aeronaves de Ciudad Santo Domingo como la propia Comunidad de propietarios de la poblaci\u00f3n consideran que si el Supremo no aprecia el incidente de nulidad, habr\u00e1 que recurrir al Constitucional. Y en su caso al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo contra el Estado espa\u00f1ol, se\u00f1alando que “los estamentos judiciales no han proporcionado tutela judicial efectiva y la inadmisi\u00f3n es contraria a los principios de la Uni\u00f3n Europea”. AENA, ENAIRE Y MINISTERIO DE FOMENTO Los residentes reprochan que Aena, Enaire y Ministerio de Fomento no han tomado medidas desde la \u00faltima sentencia del Supremo de 2017 que determin\u00f3 que no se hab\u00eda ejecutado su sentencia de 2008. El colectivo considera que la lesi\u00f3n se produce en aproximadamente 14 por ciento de d\u00edas del a\u00f1o, cuando las aeronaves aterrizan desde el Norte en Barajas y carece de sentido “emplear medias de ruido mezcladas con despegues hacia el Norte, que nada tienen que ver con la lesi\u00f3n”.<\/p>\n

Fuente: diariodeburgos.es<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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