{"id":1647,"date":"2019-11-21T09:32:26","date_gmt":"2019-11-21T08:32:26","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/?p=1647"},"modified":"2019-11-21T09:32:39","modified_gmt":"2019-11-21T08:32:39","slug":"el-dueno-de-un-bar-se-enfrenta-a-5-anos-de-prision-por-contaminacion-acustica-en-castellon","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/el-dueno-de-un-bar-se-enfrenta-a-5-anos-de-prision-por-contaminacion-acustica-en-castellon\/","title":{"rendered":"El due\u00f1o de un bar se enfrenta a 5 a\u00f1os de prisi\u00f3n por contaminaci\u00f3n ac\u00fastica en Castell\u00f3n"},"content":{"rendered":"

El fiscal solicita una indemnizaci\u00f3n de 48.000 euros para los cuatro miembros de una familia vecina afectada por los ruidos generados durante 4 a\u00f1os por el establecimiento<\/h3>\n

La\u00a0Secci\u00f3n Primera de la Audiencia Provincial de Castell\u00f3n<\/strong>\u00a0sentar\u00e1 el pr\u00f3ximo 26 de noviembre en el banquillo de los acusados al propietario de un establecimiento de restauraci\u00f3n de la capital de la Plana con licencia para ejercer actividad de bar, restaurante y panader\u00eda. El hombre est\u00e1 acusado de un delito de contaminaci\u00f3n ac\u00fastica y de acuerdo a esta calificaci\u00f3n el Ministerio Fiscal solicita del Tribunal en su escrito de acusaci\u00f3n provisional una pena de cinco a\u00f1os y dos meses de prisi\u00f3n, as\u00ed como una multa de 30 meses con una cuota diaria de 30 euros (es decir 27.000 euros) as\u00ed como inhabilitaci\u00f3n especial para cualquier profesi\u00f3n u oficio relacionado con la actividad de restauraci\u00f3n, bar o negocio an\u00e1logo por tiempo de 4 a\u00f1os.<\/p>\n

De igual manera, el representante del Ministerio P\u00fablico interesa que\u00a0el acusado y la mercantil, como responsable civil subsidiario, deber\u00e1n ser condenados a indemnizar a cuatro miembros de una familia vecina con 48.000 euros por los da\u00f1os morales sufrido<\/strong>s. El fiscal precisa que la familia afectada, un matrimonio y sus dos hijos de siete a\u00f1os de edad sufrieron en su domicilio un exceso de sonido proveniente del establecimiento y su terraza provoc\u00e1ndoles diferentes problemas de salud como rasgos de trastorno adptativo de curso cr\u00f3nico y subtipo ansiedad, as\u00ed como subtipo mixto alteraci\u00f3n emocional y del comportamiento.<\/p>\n

El acusado, con residencia legal en el territorio nacional,\u00a0comenz\u00f3 a explotar este establecimiento el 28 de febrero de 2012<\/strong>\u00a0y en mayo de 2013 la Comunidad de Propietarios del bloque en cuyos bajos se ubicaba el bar present\u00f3 una demanda ante los juzgados de Instrucci\u00f3n por el ruido excesivo proveniente del restaurante desde el inicio de su actividad.<\/p>\n

Las reiteradas llamadas y reclamaciones cursadas al consistorio de los vecinos por el excesivo sonido que causaba el local,\u00a0en especial la terraza anexa al local<\/strong>\u00a0provoc\u00f3 varias intervenciones de la polic\u00eda local en el restaurante durante los a\u00f1os 2011 a 2016. El Ayuntamiento de Castell\u00f3n tramit\u00f3 a lo largo de 2012 un expediente sancionador por el funcionamiento de dicha terraza anexa al establecimiento principal ya que no ten\u00eda autorizaci\u00f3n municipal para dicha actividad y la clausur\u00f3, no sin antes denunciarlo por ocupaci\u00f3n de v\u00eda p\u00fablica, ya que tampoco dispon\u00eda de autorizaci\u00f3n municipal.<\/p>\n

MEDICIONES AC\u00daSTICAS<\/h2>\n

Por su parte, la Benem\u00e9rita realiz\u00f3 a lo largo de junio y septiembre de 2014, entre las 23.45 y las 3.55 horas,\u00a0mediciones ac\u00fasticas en el interior de la vivienda de una de las vecinas del edificio<\/strong>\u00a0donde se hallaba el local denunciado respecto del ruido procedente del local super\u00e1ndose ampliamente los niveles m\u00e1ximos tolerables establecidos por la ley auton\u00f3mica vigente contra la Contaminaci\u00f3n Ac\u00fastica. Concretamente, en una de las habitaciones del domicilio se superaron en 33 decibelios los niveles m\u00e1ximos permitidos.<\/p>\n

Tras las mediciones\u00a0el consistorio inco\u00f3 expediente sancionador y orden\u00f3 el cese de la terraza anexa<\/strong>. No obstante, el acusado segu\u00eda abriendo la terraza en 2014 y lo sigui\u00f3 haciendo en 2015 y hasta julio de 2016 a pesar de que en varias ocasiones la Polic\u00eda precint\u00f3 la terraza donde ubicaba 10 mesas y 40 sillas, as\u00ed como tambi\u00e9n hizo caso omiso a medida cautelar del precinto del establecimiento acordada en el orden administrativo, con expresa advertencia de en caso contrario incurrir\u00eda en un delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.<\/p>\n

Fuente: elmundo.es<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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