Un juzgado de Sevilla ha condenado a una pianista profesional a elegir\u00a0entre dejar de tocar el piano en su casa o insonorizar el inmueble<\/strong>, as\u00ed como a indemnizar con 8.000 euros a una pareja de vecinos, al considerar que vulner\u00f3 el derecho\u00a0fundamental de los demandantes a la intimidad personal y familiar.<\/strong><\/p>\n El Juzgado de Primera Instancia n\u00famero 18 de Sevilla, en una sentencia avanzada por Abc a la que ha tenido acceso Efe, estima parcialmente la demanda del matrimonio y\u00a0declara que “los ruidos transmitidos” a su vivienda “por el uso del piano”\u00a0<\/strong>constituyen una “intromisi\u00f3n ileg\u00edtima, perjudicial y nociva” para su salud.<\/p>\n El juez condena a la pianista a “dejar de tocar el piano en la vivienda o adoptar medidas de insonorizaci\u00f3n” para evitar la transmisi\u00f3n de “niveles sonoros excesivos,<\/strong>\u00a0molestos y por encima de los l\u00edmites legales”. Si la mujer no elige una opci\u00f3n en veinte d\u00edas a partir que la sentencia sea firme,\u00a0la decisi\u00f3n corresponder\u00e1 a los demandantes.<\/strong><\/p>\n
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