{"id":2354,"date":"2020-12-16T09:33:44","date_gmt":"2020-12-16T08:33:44","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/?p=2354"},"modified":"2020-12-22T19:00:48","modified_gmt":"2020-12-22T18:00:48","slug":"prision-de-3-anos-y-6-meses-al-dueno-de-un-bar-en-arcos-por-los-ruidos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/prision-de-3-anos-y-6-meses-al-dueno-de-un-bar-en-arcos-por-los-ruidos\/","title":{"rendered":"Prisi\u00f3n de 3 a\u00f1os y 6 meses al due\u00f1o de un bar en Arcos por los ruidos"},"content":{"rendered":"

El juez refiere el da\u00f1o a los vecinos que viven encima y la “actitud desafiante” del acusado que hac\u00eda caso omiso a los requerimientos<\/h3>\n

La\u00a0Justicia<\/strong>\u00a0ha condenado al due\u00f1o de un bar, en\u00a0Arcos,<\/strong>\u00a0a una\u00a0pena de prisi\u00f3n de tres a\u00f1os y seis meses<\/strong>\u00a0por los continuos ruidos que su establecimiento ocasion\u00f3, a lo largo de los a\u00f1os, a\u00a0una familia que vive encima del local.<\/strong><\/p>\n

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El Juzgado de lo Penal N\u00ba2, con sede en Jerez, considera al hostelero como autor criminalmente responsable de un delito contra el medio ambiente por no haber puesto freno a estos ruidos pese a las decenas de denuncias que estos vecinos y los de frente al local plantearon y\u00a0lo inhabilita para regentar o abrir un establecimiento hostelero durante el plazo de un a\u00f1o y seis meses.<\/strong><\/p>\n

El juez impone tambi\u00e9n al hostelero\u00a012 meses de multas<\/strong>, con cuotas diarias de 6 euros y le\u00a0impide abrir durante cuatro a\u00f1os el bar<\/strong>\u00a0objeto de esta sentencia. Y termina su fallo, oblig\u00e1ndolo a una indemnizaci\u00f3n de 15.000 euros a cada uno de los dos miembros afectados de esta familia denunciante, m\u00e1s el pago de las costas.<\/p>\n

Esta sentencia, que puede ser recurrida por el condenado, recoge el\u00a0da\u00f1o moral<\/strong>\u00a0que han soportado durante a\u00f1os A.T.G y su madre, de avanzada edad, los vecinos que viven encima del bar. Adem\u00e1s, da cuenta del periplo que asumieron frente a las administraciones p\u00fablicas para instar de manera reiterada al propietario a que cumpliera con las normativas referidas a la insonorizaci\u00f3n de locales.<\/p>\n

Dice la sentencia que los afectados \u201chan sufrido un da\u00f1o moral patente. Han venido arrastrando el problema de la transmisi\u00f3n de ruidos, al menos desde el a\u00f1o 2012, cuando ya se interponen algunas denuncias ante la\u00a0Polic\u00eda Local<\/strong>, hasta finalmente el a\u00f1o 2016, en que se clausura el mismo, tras expediente administrativo sancionador. Se trata de un intervalo temporal importante, de larga duraci\u00f3n, durante el cual han tenido que soportar molestias constantes, pr\u00e1cticamente a diario, que les ha afectado personalmente en su necesario derecho al descanso nocturno, y a la conciliaci\u00f3n de su vida diaria. Basta comprobar el transcurso de la causa y la documentaci\u00f3n obrante en la misma para hacerse una idea de las perturbaciones que han tenido que soportar, y aguantar adem\u00e1s\u00a0la actitud desafiante del acusado, que hac\u00eda caso omiso no s\u00f3lo a sus requerimientos personales y los de otros vecinos, sino tambi\u00e9n a los de las propias administraciones p\u00fablicas<\/strong>\u201d. Y a\u00f1ade que el hecho de que no se hayan producido lesiones f\u00edsicas o secuelas directas no obsta a la existencia del da\u00f1o, \u201cexistiendo un claro perjuicio en el sue\u00f1o de los afectados, y una m\u00e1s que probable agravaci\u00f3n de los problemas de salud de una de las afectadas, de avanzada edad\u201d.<\/p>\n

La sentencia recoge que, en\u00a0todas las mediciones de inmisi\u00f3n de ruido<\/strong>\u00a0en la vivienda del denunciante, situada encima del bar, se sobrepasaban ampliamente los l\u00edmites,<\/strong>\u00a0se escuchaba cualquier ruido, las conversaciones de los clientes, la m\u00fasica, las mesas y sillas arrastrando. \u201cTodo ello no puede ser sino indicativo de una transmisi\u00f3n de ruido manifiesta, continua, de gran intensidad, y ciertamente dif\u00edcil de soportar\u201d.<\/p>\n

Asimismo, el juez explica que no puede obviarse las dificultades que ha superado A. T. G., una de las v\u00edctimas de estos incesantes ruidos \u201cpara conseguir la adopci\u00f3n de medidas por las administraciones p\u00fablicas, que\u00a0desoyeron sus quejas y denuncias durante bastante tiempo<\/strong>, y las consiguientes perturbaciones que a todo ciudadano le supone la inevitable consecuencia de promover denuncias y procedimientos judiciales, con todo lo que ello conlleva\u201d.<\/p>\n

Y es que en este episodio han intervenido varias administraciones, entre ellas el Ayuntamiento, la Diputaci\u00f3n y la Junta de Andaluc\u00eda, bien abriendo procesos administrativos sancionadores o realizando mediciones de sonido hasta finalmente la clausura del local hace cuatro a\u00f1os.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n

Fuente: diariodecadiz.es<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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