El Oktoberfest y las Campanadas de agosto vulneraron varios derechos de los residentes<\/h3>\n<\/article>\n
Tambi\u00e9n han impugnado otra resoluci\u00f3n del 21 de febrero de la misma \u00e1rea de gobierno que ampl\u00eda la anterior, en la que se aprueban las medidas correctoras de estudio de afecciones de los actos del Carnaval de D\u00eda. Asimismo, se impugna una tercera resoluci\u00f3n del 23 de febrero del mismo a\u00f1o por la que se aprueba celebrar el Carnaval de D\u00eda en Vegueta en la GC-110 y las calles adyacentes de Obispo Codina, Mesa de Le\u00f3n, Calvo Sotelo, Armas, La Pelota y Mendiz\u00e1bal. Los denunciantes acudieron a los tribunales despu\u00e9s de que el Ayuntamiento respondiera con el silencio administrativo las reclamaciones que presentaron el 13 de febrero de 2019.<\/p>\n
En relaci\u00f3n con las ediciones de 2018 del Oktoberfest y las Campanadas de Agosto de Vegueta, las sentencias condenatorias establecen las mismas vulneraciones de derechos fundamentales, aunque fueron dictadas por juzgados diferentes. El fallo que anula la resoluci\u00f3n del Oktoberfest se dict\u00f3 el 3 de diciembre de 2020 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n\u00famero 2 y el que declar\u00f3 nulo el de las Campanadas, en mayo de 2020 fue el Juzgado n\u00famero 5. Ambos condenan al Ayuntamiento a indemnizar a los demandantes y a sus hijos con el pago de 1.000 euros a cada uno por vulnerar los derechos a la intimidad e inviolabilidad del domicilio, al permitir eventos que provocaron emisi\u00f3n de ruidos por encima de lo permitido, cuyos efectos sobre la salud ya han sido constatados. El Ayuntamiento, consideran los jueces en los dos fallos, no garantiz\u00f3 el derecho al descanso de los ciudadanos. En los dos recursos, los vecinos fueron representados por la letrada Yomara Garc\u00eda Viera. Ambas sentencias son firmes.<\/p>\n