{"id":2592,"date":"2021-07-06T16:05:00","date_gmt":"2021-07-06T14:05:00","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/?p=2592"},"modified":"2021-07-06T16:05:00","modified_gmt":"2021-07-06T14:05:00","slug":"los-vecinos-advierten-que-no-hay-medidas-correctoras-posibles-para-el-carnaval-de-dia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/los-vecinos-advierten-que-no-hay-medidas-correctoras-posibles-para-el-carnaval-de-dia\/","title":{"rendered":"Los vecinos advierten que no hay medidas correctoras posibles para el Carnaval de D\u00eda"},"content":{"rendered":"
No hay medidas correctoras posibles\u201d<\/strong>. As\u00ed de rotunda se ha pronunciado la\u00a0representante legal<\/strong>\u00a0de los\u00a0vecinos de Vegueta\u00a0<\/strong>que han conseguido que el\u00a0Juzgado de lo Contencioso Administrativo n\u00famero 5 obligue al\u00a0<\/strong>Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria<\/strong><\/a>\u00a0a trasladar el Carnaval de D\u00eda a otro lugar donde no moleste a los residentes del casco hist\u00f3rico<\/strong>.<\/p>\n La\u00a0abogada Yomara Garc\u00eda Viera<\/strong>, que es tambi\u00e9n\u00a0presidenta de la Asociaci\u00f3n Nacional Juristas contra el Ruido<\/strong>, considera que la\u00a0\u201c\u00fanica soluci\u00f3n\u201d<\/strong>\u00a0pasa por el traslado de la fiesta y recuerda que los que han recurrido ante el juez \u201cno son los \u00fanicos afectados\u201d por el impacto ac\u00fastico y las\u00a0molestias que generan la confluencia en el barrio de m\u00e1s de 22.000 personas durante la celebraci\u00f3n del Carnaval de D\u00eda<\/strong>.<\/p>\n Por su parte\u00a0Inmaculada Medina, concejala de Carnaval y Servicios P\u00fablicos<\/strong>, ha anunciado que\u00a0recurrir\u00e1 la sentencia<\/strong>\u00a0y ha a\u00f1adido que en las jornadas estrat\u00e9gicas, que comenzar\u00e1n esta tarde en Infecar para definir el futuro del Carnaval de los pr\u00f3ximos a\u00f1os, se hablar\u00e1 de este problema con \u201ctodas las partes implicadas en la fiesta. Marcamos el rumbo, pero siempre con vocaci\u00f3n participativa y con \u00e1nimo de escuchar a toda la gente y a los agentes de nuestro Carnaval\u201d.<\/p>\n Por su parte, Yomara Garc\u00eda Viera resalta que \u201chay much\u00edsimos vecinos y asociaciones que tambi\u00e9n reclaman el traslado y a los que el Carnaval de D\u00eda seguir\u00e1 molestando si sigue en la misma ubicaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n \u201cEstos vecinos han tenido la valent\u00eda de interponer el procedimiento judicial y han soportado el desgaste ps\u00edquico y f\u00edsico que supone continuarlo. La reclamaci\u00f3n se ha hecho desde hace a\u00f1os y tanto esfuerzo no puede quedar en saco roto.\u00a0Hay que entender de una vez por todas que hay usos incompatibles con viviendas y zonas residenciales<\/strong>\u201d, subraya la letrada, quien destaca la parte de la\u00a0sentencia<\/a>\u00a0en la que\u00a0el juez sostiene que prevalecen los derechos fundamentales, como la inviolabilidad del municipio o la salud, frente al \u00e1nimo de lucro o lo intereses econ\u00f3micos<\/strong>.<\/p>\n \u201cLos derechos constitucionales no se pueden suspender.<\/strong>\u00a0Las indemnizaciones concedidas son precisamente el resultado de ese abuso de derecho y de los da\u00f1os morales que se han causado. Pero la consecuencia inmediata de la sentencia es la recuperaci\u00f3n de la calidad de vida, de la salud y de los derechos fundamentales, as\u00ed como el\u00a0derecho de poder estar en sus domicilios en paz<\/strong>, tras el calvario sufrido por los vecinos durante a\u00f1o.\u00a0Se trata del derecho a ser dejados en paz\u201d,<\/strong>\u00a0sostiene Juristas contra el ruido.<\/p>\n Garc\u00eda Viera asegura compartir la parte de la sentencia del\u00a0magistrado \u00c1ngel Tebar\u00a0<\/strong>en la que dice que \u201cel gobierno municipal debe atender a todos, no s\u00f3lo a una mayor\u00eda deseosa de tener ocio y esparcimiento, demonizando a ciudadanos, tach\u00e1ndolos de ego\u00edstas e insolidarios\u201d, cuando en realidad, resalta la abogada, \u201cson los aut\u00e9nticos perjudicados, a los que la corporaci\u00f3n municipal desoye priorizando, como sostiene el juez, \u201clos r\u00e9ditos econ\u00f3micos y sociales derivados de la explotaci\u00f3n l\u00fadica del barrio\u201d<\/strong>.<\/p>\n La asociaci\u00f3n entiende que con esta sentencia,\u00a0el tribunal \u201campara el derecho de los vecinos a no ver alteradas sus condiciones de vida ni vulnerados sus derechos fundamentales\u201d por el Carnaval de D\u00eda<\/strong>. Recuerda que durante la celebraci\u00f3n del acto carnavalero, los residentes de la zona \u201cse ven expuestos durante m\u00e1s de quince horas a niveles de ruido intolerables. Se alcanzaron niveles de ruido industrial, siendo tal situaci\u00f3n claramente incompatible con su derecho a la salud, al descanso o a la inviolabilidad del domicilio, y sin que el Ayuntamiento haya adoptado ninguna medida eficaz para evitar la lesi\u00f3n de los derechos de los recurrentes, que soportaron, adem\u00e1s del ruido, efectos aditivos tales como deterioro de las fachadas de sus inmuebles, suciedad, v\u00f3mitos y orines\u201d.<\/p>\n La sentencia considera que esta vulneraci\u00f3n de los derechos es \u201csistem\u00e1tica\u201d y que resulta \u201ct\u00e9cnicamente imposible apantallar las calles afectadas ni la adopci\u00f3n de medidas correctoras para evitar el ruido proveniente de la aglomeraci\u00f3n de personas\u201d. Subraya que los l\u00edmites m\u00e1ximos de contaminaci\u00f3n ac\u00fastica\u00a0han sido superados entre un 116% y un 600%<\/strong>.<\/p>\n La asociaci\u00f3n comparte con el juez que \u201cni se adoptaron por el Ayuntamiento medidas que justificaran la suspensi\u00f3n de los niveles de ruido permitidos en condiciones normales ni es posible adoptarlas por la propia morfolog\u00eda de las calles en que tiene lugar el evento<\/strong>. Ello condena a los recurrentes a ver lesionados sus derechos a\u00f1o tras a\u00f1o sin que juridicamente ello sea amparable por muchos titulares que reciba el evento. Que el Carnaval de D\u00eda haya sido declarado Fiesta de Inter\u00e9s Tur\u00edstico de Canarias o Fiesta de Inter\u00e9s Tur\u00edstico Nacional no es incompatible con que se celebre en un lugar en el que se puedan adoptar las medidas correctoras oportunas para que no se vulneren los derechos de ning\u00fan vecino\u201d.<\/p>\n A juicio de la asociaci\u00f3n, \u201cun Ayuntamiento no puede aprobar un evento que conlleve abusos y ejercicios antisociales, teniendo como consecuencia la suspensi\u00f3n de los derechos constitucionales de los vecinos afectados. Si no es posible el cumplimiento de los l\u00edmites sonoros es preciso buscar un nuevo emplazamiento\u201d.<\/p>\n