{"id":2801,"date":"2022-03-07T11:18:43","date_gmt":"2022-03-07T10:18:43","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/?p=2801"},"modified":"2022-03-07T11:20:33","modified_gmt":"2022-03-07T10:20:33","slug":"el-ruido-del-ascensor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/el-ruido-del-ascensor\/","title":{"rendered":"El ruido del ascensor"},"content":{"rendered":"

Juan se compr\u00f3 su primer piso, un peque\u00f1o \u00e1tico que hab\u00eda sido durante a\u00f1os la vivienda del portero del edificio. Lo reform\u00f3 y se traslad\u00f3 a vivir \u00e9l. Desde la primera noche tuvo problemas para dormir. El ruido del funcionamiento del ascensor, cuya sala de m\u00e1quinas colindaba con su dormitorio, era muy molesto tanto de noche como de d\u00eda. Desesperado, decidi\u00f3 hablar con el presidente de la Comunidad, que le respondi\u00f3 perplejo que en cuarenta a\u00f1os nadie se hab\u00eda quejado por ese motivo.<\/p>\n

Mar\u00eda Jos\u00e9 Rodr\u00edguez Dom\u00ednguez es abogada colegiada n. \u00ba 2284 en el Ilustre Colegio de Abogados de Salamanca y vicepresidenta de la asociaci\u00f3n Juristas contra el Ruido<\/p>\n

T\u00e9cnicamente, lo m\u00e1s frecuente es que el ruido procedente del funcionamiento de los ascensores provenga de las m\u00e1quinas reductoras y de la fricci\u00f3n de las gu\u00edas. De este modo, cuando el ascensor se pone en marcha o empieza a frenar se producen una serie de ruidos y vibraciones que resultan bastante molestos, principalmente para los vecinos de las viviendas cercanas al ascensor. La soluci\u00f3n de poner una bancada con silentblock, amortiguaci\u00f3n habitual de la maquinaria del ascensor, no siempre logra reducir el ruido, ya que solo elimina el ruido por vibraci\u00f3n pero no el ruido a\u00e9reo. Por eso las empresas encargadas del mantenimiento de los ascensores consideran que la mejor soluci\u00f3n es el cambio del grupo tractor a una m\u00e1quina con variador de frecuencia. De ese modo, no se notar\u00e1 la frenada y se eliminar\u00e1n los ruidos. Existen adem\u00e1s otras causas debidas a un deficiente mantenimiento, como la falta de lubricaci\u00f3n del ascensor, los cuadros de maniobras con contactores antiguos, las puertas autom\u00e1ticas antiguas desajustadas, el limitador de velocidad antiguo o con cable mal tensado, entre otros.<\/p>\n

Ante un ascensor ruidoso que nos cause molestias, debemos comunicarlo a la presidencia de la Comunidad de Propietarios y solicitar que se tomen medidas correctoras inmediatas<\/p>\n

Ante un ascensor ruidoso que nos cause molestias, debemos comunicarlo a la presidencia de la Comunidad de Propietarios y solicitar que se tomen medidas correctoras inmediatas. En el caso de que la Comunidad no act\u00fae, podemos dirigirnos a nuestro Ayuntamiento solicitando que se realice una medici\u00f3n de ruidos para comprobar si se superan los niveles m\u00e1ximos permitidos en la Ordenanza de Ruidos o en la normativa auton\u00f3mica o estatal, en caso de no disponer de normativa local. Una vez hechas dichas comprobaciones y, en el caso de que estas no fueran conformes con la normativa, se abrir\u00e1 un expediente a la Comunidad de Propietarios requiriendo la adopci\u00f3n de las medidas correctoras necesarias para la mitigaci\u00f3n del ruido y, as\u00ed mismo, un expediente sancionador con imposici\u00f3n de multa, pudi\u00e9ndose llegar a decretar el precinto del ascensor durante unas semanas.<\/p>\n

Cabe tambi\u00e9n acudir a la v\u00eda judicial civil demandando a la Comunidad de Propietarios si no act\u00faa implementando las medidas correctoras necesarias<\/p>\n

Cabe tambi\u00e9n acudir a la v\u00eda judicial civil demandando a la Comunidad de Propietarios si no act\u00faa implementando las medidas correctoras necesarias. Nuestros Juzgados y Audiencia Provinciales se han pronunciado en numerosas ocasiones sobre este problema. En sus resoluciones concluyen que no puede obligarse a ninguno de los miembros de la comunidad a soportar ruidos procedentes del ascensor comunitario, siendo estos excesivos y existiendo medios t\u00e9cnicos adecuados para solucionarlos y hacerlos desaparecer. As\u00ed, por ejemplo, la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de 1 de junio de 2009, estima parcialmente la demanda interpuesta por un propietario condenando a la Comunidad a adoptar las medidas t\u00e9cnicas necesarias para que los mecanismos vinculados a la utilizaci\u00f3n del ascensor instalado queden insonorizados adecuadamente implantando en su montaje las medidas de aislamiento oportunas para ello. Se trataba de un asunto en el que el propietario de una vivienda integrante de la Comunidad de Propietarios present\u00f3 demanda contra ella solicitando el cese de los ruidos producidos por este y la indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os morales en la cantidad que le supondr\u00eda alquilar una vivienda en la misma zona hasta que la Comunidad solucionara el problema. Del mismo modo, en sentencia de 5 de marzo de 2015, la misma Audiencia Provincial estima, conforme al art. 10 de la Ley de Propiedad Horizontal y del art. 1.902 del C\u00f3digo Civil, que la Comunidad de Propietarios tiene la facultad y el deber de efectuar cuantas reparaciones y obras sean necesarias, no solo para la conservaci\u00f3n del inmueble sino a fin de evitar que la existencia de defectos en los elementos comunes impidan o menoscaben el derecho que los comuneros propietarios individuales tienen al goce y disfrute de sus elementos privativos, y ello sin perjuicio de la responsabilidad del constructor o de los t\u00e9cnicos intervinientes por los vicios de la construcci\u00f3n que pueda haber en los primeros, pues frente a los propietarios individuales o comuneros es tal Comunidad la obligada de mantener el edificio en condiciones de adecuado uso y disfrute.<\/p>\n

Fuente: afcolegiadosblog.com<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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