{"id":3247,"date":"2025-01-02T12:30:35","date_gmt":"2025-01-02T11:30:35","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/?p=3247"},"modified":"2025-01-02T12:34:36","modified_gmt":"2025-01-02T11:34:36","slug":"la-justicia-anula-la-licencia-del-circuito-del-jarama-otorgada-por-silencio-administrativo-positivo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/la-justicia-anula-la-licencia-del-circuito-del-jarama-otorgada-por-silencio-administrativo-positivo\/","title":{"rendered":"La Justicia anula la licencia del circuito del Jarama, otorgada por silencio administrativo positivo"},"content":{"rendered":"
\n

Los vecinos denuncian una contaminaci\u00f3n ac\u00fastica superior a los 90 decibelios desde hace a\u00f1os, sin que nadie tome medidas<\/h3>\n<\/header>\n
\n
\n

Fallo importante esta sentencia 233\/2024 de 8 de julio que el Juzgado Central de lo Contencioso 11 ha hecho p\u00fablica recientemente sobre el futuro del Circuito del Jarama, un enclave estrat\u00e9gico, propiedad del Real Autom\u00f3vil\u00a0 Club de Espa\u00f1a (RACE), dentro del municipio madrile\u00f1o de San Sebasti\u00e1n de los Reyes.<\/p>\n

\n
\n
\n
\n
\n
\n
El fallo declara \u00a0\u00abno otorgada por silencio positivo la licencia de actividad y funcionamiento a la actividad del Circuito del Jarama, conforme al proyecto denominado Proyecto de Instalaci\u00f3n del Circuito del Jarama de 1973, debiendo adoptar el Ayuntamiento de San Sebasti\u00e1n de los Reyes las medidas de restablecimiento de la legalidad urban\u00edstica que procedan e impone las costas a los dos demandados, RACE y Ayuntamiento de Sebasti\u00e1n de los Reyes\u00bb.<\/div>\n
\n

La previsi\u00f3n es que estos dos demandados, al menos, recurran esta sentencia ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anula la citada resoluci\u00f3n administrativa del citado Ayuntamiento y, por tanto, pasa a no tener licencia y a adoptar las medidas que en derecho corresponda para controlar esta contaminaci\u00f3n ac\u00fastica y medioambiental.<\/p>\n

\n
\n

Para\u00a0Jorge Pinedo, abogado especialista en derecho del medio ambiente, fundador y miembro de\u00a0 la Asociaci\u00f3n Juristas contra el Ruido<\/strong>, letrado que lleva la reclamaci\u00f3n de un grupo de vecinos que conviven con los ruidos del Jarama que pueden llegar a los\u00a0 80 y 90 decibelios, \u00abes como si estuviera despegando un avi\u00f3n\u00bb.<\/p>\n

\u201cEs dif\u00edcil encontrar una soluci\u00f3n t\u00e9cnica adecuada. Se hizo una reforma en 1993 para ampliar el circuito, con lo cual en una parte del mismo est\u00e1 encima de las viviendas que construyeron all\u00ed. Ah\u00ed es dif\u00edcil incorporar pantallas ac\u00fasticas\u201d, explica este experto en temas urban\u00edsticos y contaminaci\u00f3n ac\u00fastica. \u00abEstas personas afectadas ven perturbada su vida de forma notable. No pueden hacer su vida\u00bb, indica.<\/p>\n

\u00abEn este contexto, las soluciones ser\u00edan que los coches no pasar\u00e1n por ah\u00ed o que fueran el\u00e9ctricos. Nosotros, como defensa jur\u00eddica de un grupo de vecinos afectados, llevamos un par de a\u00f1os de reclamaciones ante el RACE. No hemos podido llegar a un acuerdo, de ah\u00ed que tengamos que acudir a la v\u00eda judicial como hemos hecho en este caso concreto\u201d, comenta.<\/p>\n

<\/div>\n
\n
La idea de la defensa es, cuando la sentencia sea firme, \u201cpedir el cierre y clausura de la actividad hasta que\u00a0 disponga del titulo habitante correspondiente que no ser\u00e1 sencillo conseguirlo\u201d.<\/div>\n
\n

Este jurista se\u00f1ala que \u201cel RACE no tiene licencia urban\u00edstica para explotar el Circuito del Jarama\u00bb. \u00abEn una Junta de Gobierno de finales del 2022 da la licencia el Ayuntamiento de San Sebasti\u00e1n de los Reyes por silencio administrativo positivo, lo que nos hizo recurrir esa resoluci\u00f3n administrativa, primero ante el propio Ayuntamiento y ahora en los tribunales.\u00a0 La demanda estimada por este juzgado de lo contencioso viene a resolver esta problem\u00e1tica que planteamos\u201d, relata.<\/p>\n

Una pr\u00e1ctica irregular<\/h3>\n

En opini\u00f3n de este experto, \u201ceste tipo de concesiones de licencia con silencio administrativo positivo no es lo habitual, es necesario contar con los informes de impacto ambiental que son preceptivos y vinculantes. Eso hace que una licencia de este tipo no se pueda otorgar de esta manera. Por desgracia, son pr\u00e1cticas habituales fuera de la legalidad que no deber\u00edan permitirse\u201d, indica.<\/p>\n

Y afirma que \u00abesto hace que haya muchas actividades, sobre todo antiguas, que no tengan esa licencia de actividad\u00bb y \u00abllega un momento que la situaci\u00f3n se hace insoportable para los vecinos por los ruidos, olores y ruidos de toda la gente que acude al Jarama\u00bb. \u00abAl final, estas cuestiones ambientales impiden que estos vecinos hagan su vida habitual\u201d, apunta..<\/p>\n

La propia sentencia alude a que esta parte demandante \u201cdesde, al menos 1993, se han venido denunciando las m\u00faltiples injerencias en los domicilios que producen las distintas actividades desarrolladas en el circuito del\u00a0 Jarama, especialmente las desarrolladas en la propia pista de competici\u00f3n, produciendo a\u00a0 los residentes dificultades para descansar y disfrutar libremente de su domicilio. Que las denuncias, quejas, reclamaciones, sentencias judiciales se han ido acumulando a lo largo de estos a\u00f1os sin que el Ayuntamiento de San Sebasti\u00e1n de los Reyes haya sido\u00a0 capaz de solucionar el problema\u201d.<\/p>\n

En la demanda presentada por este grupo de vecinos se indica que\u00a0existe una vulneraci\u00f3n del Derecho a la intimidad personal y familiar, inviolabilidad del domicilio y derecho a un medio ambiente adecuado.<\/strong><\/p>\n

Tambien se insiste\u00a0en los excesos de ruidos en las viviendas muy por encima de los l\u00edmites m\u00e1ximos permitidos en zonas residenciales.<\/strong>\u00a0Que el Circuito del Jarama no ha tenido an\u00e1lisis ambiental alguno en sus 50 a\u00f1os de existencia.<\/p>\n

Casi todo el a\u00f1o hay actividad, salvo un par de meses est\u00e1 ocupado todo el a\u00f1o, entre competici\u00f3n oficial y entrenamientos de veh\u00edculos y motos. Al mismo tiempo, en la parte interior del circuito se montan cualquier tipo de eventos, como fiestas, conciertos lo que hace que el descanso de los vecinos sea escaso.<\/p>\n

Los demandantes revelan las carencias de t\u00edtulo habilitante para el ejercicio de la actividad. Al parecer, el Circuito del Jarama desde que se puso en marcha nunca tuvo la preceptiva licencia de funcionamiento. Lo que se evidencia por entender el Ayuntamiento concedida la licencia por silencio administrativo, por lo que hay que entender que el ayuntamiento part\u00eda de la base de que el circuito del Jarama carec\u00eda del t\u00edtulo habilitante necesario hasta ese momento.<\/p>\n

Sin licencia no puede haber actividad<\/h3>\n

En este fallo judicial se indica que \u201cla carencia de licencia de funcionamiento del Circuito del Jarama supone una clara vulneraci\u00f3n del ordenamiento jur\u00eddico urban\u00edstico y ambiental, lo que ha de producir dos tipos de consecuencias jur\u00eddicas administrativas de distinta naturaleza y tratamiento, tal y como se contiene en el Art. 225 de la Ley del Suelo de 9 de abril de 1976 y en el Art. 51 del Reglamento de Disciplina Urban\u00edstica, de aplicaci\u00f3n supletoria, y en los art\u00edculos 193 y siguientes de la Ley 9\/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid\u00bb.<\/p>\n

\u00abLos dos tipos de consecuencias, que se materializan a trav\u00e9s del correspondiente procedimiento y que se materializan, en primer lugar, en la adopci\u00f3n de medidas para la restauraci\u00f3n del ordenamiento jur\u00eddico infringido y de la realidad material alterada a consecuencia de la actuaci\u00f3n ilegal y, en segundo lugar, en la imposici\u00f3n de sanciones cuando la actuaci\u00f3n enjuiciada, adem\u00e1s de ilegal, se hallan adecuadamente tipificada como falta administrativa. La reacci\u00f3n administrativa de control de la legalidad supone la adopci\u00f3n de las medidas de suspensi\u00f3n cautelar e inmediata de la obra o actividad que se est\u00e9 realizando\u201d, a\u00f1ade.<\/p>\n

Sobre la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica, el fallo judicial da por v\u00e1lidos las mediciones planteadas por los afectados representados por Pinedo: \u201cPor lo que respecta a la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica que se\u00f1ala la parte recurrente, resultan relevantes las periciales practicadas, y as\u00ed en el informe emitido por la empresa Aruvisa se concluye en el sentido de que se realizaron 33 mediciones, tres por casa, en el nivel de calle al lado del jard\u00edn, en el jard\u00edn pr\u00f3ximo a la vivienda y en el exterior de la planta alta de las viviendas, y que los resultados arrojan cifras entre un m\u00ednimo de 70 dBA y un m\u00e1ximo de 97 dBA, lo que excede entre 10 y 37 decibelios del m\u00e1ximo permitido en el exterior y en periodo diurno. En el informe de mediciones de ALLPE se procedi\u00f3 a medir la actividad del circuito en tres viviendas diferentes, durante los meses de julio, septiembre y octubre de 2020, efectu\u00e1ndose un total de 20 mediciones y todas excedieron de los limites m\u00e1ximos permitidos\u201d.<\/p>\n

La problem\u00e1tica de los circuitos de este tipo genera problemas en su entorno m\u00e1s inmediato. Al parecer, en los circuitos de Calafat en Barcelona y en el de Cartagena hay tambi\u00e9n problemas de este tipo que afectan a la vida de sus vecinos m\u00e1s inmediatos.<\/p>\n

Desde su punto de vista, \u201cesto se arreglar\u00eda con una buena planificaci\u00f3n urban\u00edstica\u00a0 y evitar que se dieran licencias urban\u00edsticas tan cerca a este tipo de instalaciones deportivas. Ahora, el propio circuito que la presidenta\u00a0Ayuso<\/strong>\u00a0quiere montar en IFEMA en Madrid para la Formula 1 deber\u00eda tener los informes adecuados\u00a0 urban\u00edsticos para evitar este tipo de problem\u00e1ticas que ya est\u00e1n padeciendo estos ciudadanos que se han visto inmersos en esta situaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n

\u201cDel mismo modo, situaciones como las que est\u00e1n ocurriendo en el Bernab\u00e9u con los conciertos son absolutamente incompatibles con los derechos fundamentales a la intimidad en el \u00e1mbito domiciliario y a la inviolabilidad del mismo, reconocidas en el art\u00edculo 18. 1 y 2 de la Carta Magna\u00bb, subraya el propio Jorge Pinedo en declaraciones a\u00a0Economist & Jurist.<\/em><\/p>\n

Leer m\u00e1s \u2013 Fuente: www.economistjurist.es\/<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

Los vecinos denuncian una contaminaci\u00f3n ac\u00fastica superior a los 90 decibelios desde hace a\u00f1os, sin que nadie tome medidas Fallo importante esta sentencia 233\/2024 de 8 de julio que el Juzgado Central de lo Contencioso 11 ha hecho p\u00fablica recientemente sobre el futuro del Circuito del Jarama, un enclave estrat\u00e9gico, propiedad del Real Autom\u00f3vil\u00a0 Club […]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3249,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[108,109],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3247"}],"collection":[{"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3247"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3247\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3253,"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3247\/revisions\/3253"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3249"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3247"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3247"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3247"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}