{"id":912,"date":"2017-11-02T00:20:00","date_gmt":"2017-11-01T23:20:00","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/2017\/11\/02\/juzgan-a-los-dos-ultimos-alcaldes-de-getaria-por-el-excesivo-ruido-de-un-bar\/"},"modified":"2017-11-02T00:20:00","modified_gmt":"2017-11-01T23:20:00","slug":"juzgan-a-los-dos-ultimos-alcaldes-de-getaria-por-el-excesivo-ruido-de-un-bar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/juzgan-a-los-dos-ultimos-alcaldes-de-getaria-por-el-excesivo-ruido-de-un-bar\/","title":{"rendered":"Juzgan a los dos \u00faltimos alcaldes de Getaria por el excesivo ruido de un bar"},"content":{"rendered":"
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Donostia<\/strong> Seg\u00fan detalla el escrito de acusaci\u00f3n provisional del Ministerio P\u00fablico, en el mismo proceso judicial se encuentran encausados otros tres hombres que explotaron el citado establecimiento hostelero entre junio de 2007 y diciembre de 2014, quienes se enfrentan a penas que suman ocho a\u00f1os de c\u00e1rcel para cada uno de ellos.<\/p>\n La Fiscal\u00eda imputa a estos tres procesados un delito contra el medio ambiente y otro de lesiones, ya que una vecina que sufr\u00eda un trastorno de ansiedad presuntamente vio agravada su dolencia como consecuencia del ruido del local.<\/p>\n Quejas, informes y caso omiso<\/strong> El documento cita hasta once quejas firmadas por distintos vecinos entre la citada fecha y el 25 de octubre de 2014, hasta que \u201cde mano\u201d de una de las afectadas el asunto lleg\u00f3 al Ararteko, que decidi\u00f3 abrir un expediente.<\/p>\n El Ministerio P\u00fablico recuerda que, a consecuencia de la primera de las quejas, el Ayuntamiento solicit\u00f3 un informe t\u00e9cnico que el 30 de enero de 2008 \u201cconcluy\u00f3 que el nivel sonoro de emisi\u00f3n del equipo de m\u00fasica\u201d del bar \u201csuperaba los niveles m\u00e1ximos indicados\u201d en el decreto de contaminaci\u00f3n ac\u00fastica de la Comunidad Aut\u00f3noma Vasca para el horario nocturno.<\/p>\n Asimismo, este informe determin\u00f3 que \u201cla instalaci\u00f3n no dispon\u00eda de sistema de limitaci\u00f3n\u201d, que \u201cel motor de ventilaci\u00f3n general del local estaba estropeado\u201d y que \u201crealizar la ventilaci\u00f3n por la puerta del almac\u00e9n supon\u00eda aumentar considerablemente la afecci\u00f3n a las viviendas, al existir fuga del ruido al patio\u201d, donde se encontraba el \u201cprincipal foco\u201d.<\/p>\n Posteriormente, el 18 de marzo de 2008, el arquitecto municipal emiti\u00f3 un nuevo informe, dirigido al consistorio, que \u201crecalcaba que el nivel de ruido sobrepasaba los l\u00edmites permitidos\u201d e instaba \u201ca la reparaci\u00f3n del sistema de ventilaci\u00f3n y a la instalaci\u00f3n de una doble puerta entre el bar y el almac\u00e9n\u201d, adem\u00e1s de proponer \u201cun sistema de anclaje para el equipo de m\u00fasica mediante un limitador frecuencial con un registro fonogr\u00e1fico para controlar el sonido\u201d, si bien \u201cnada se hizo\u201d.<\/p>\n Un nuevo informe, emitido el 18 de abril de 2011, hizo constar que el establecimiento \u201ccarec\u00eda de licencia de apertura y de actividad para bar, a pesar de que durante a\u00f1os se le hab\u00eda dado este uso\u201d, al tiempo que ordenaba al acusado que en ese momento lo regentaba que cesara \u201cde inmediato la actividad\u201d, hasta no ultimar \u201ctodos los tr\u00e1mites para la concesi\u00f3n de la licencia\u201d.<\/p>\n ansiedad agravada<\/strong> El escrito de acusaci\u00f3n se\u00f1ala que, a pesar de que los dos alcaldes acusados \u201cten\u00edan conocimiento de los referidos informes\u201d no adoptaron \u201cninguna medida\u201d, m\u00e1s all\u00e1 de \u201creunirse con los vecinos a fin de que expusieran sus quejas\u201d.<\/p>\n A\u00fan cuando ambos recibieron los tres informes citados, \u201cno se hizo efectivo el cierre del local que se ordenaba\u201d en el segundo de estos documentos, \u201cni se exigieron las reformas que hubieran limitado el impacto del ruido en los vecinos\u201d, una de las cuales \u201cvio agravado y favorecido\u201d el trastorno de ansiedad que previamente padec\u00eda, y por el que tuvo que ser tratada m\u00e9dicamente.<\/p>\n Adem\u00e1s de las citadas penas de c\u00e1rcel, el Ministerio P\u00fablico reclama tambi\u00e9n que los tres responsables del local indemnicen con distintas compensaciones econ\u00f3micas a los vecinos afectados. – Efe<\/p>\n
– El actual alcalde de Getaria, Nikanor Lertxundi (EH Bildu), y el anterior primer edil de la localidad, Andoni Aristi (PNV), ser\u00e1n juzgados pr\u00f3ximamente acusados de un delito de prevaricaci\u00f3n por no adoptar medidas para solucionar el problema de ruidos generados a los vecinos por un bar de la localidad. La Fiscal\u00eda de Gipuzkoa pide para ambos mandatarios municipales dos a\u00f1os y medio de c\u00e1rcel, as\u00ed como nueve a\u00f1os y seis meses de inhabilitaci\u00f3n para empleo o cargo p\u00fablico.<\/p>\n
El texto del Ministerio P\u00fablico retrotrae los hechos hasta el 28 de diciembre de 2007, fecha a partir de la cual se produjeron \u201cnumerosas\u201d quejas ante el Ayuntamiento de Getaria por parte de los vecinos de los inmuebles colindantes con el bar, \u201csiendo asimismo constantes las llamadas a la Ertzaintza\u201d por este motivo.<\/p>\n
\u201cA pesar de lo expuesto -prosigue el documento de la Fiscal\u00eda-, el local sigui\u00f3 funcionando, sin iniciar ninguno de sus explotadores tr\u00e1mite alguno para la concesi\u00f3n de las licencias de apertura y actividad, y sin realizar obra alguna que minimizara el impacto que el ruido procedente del establecimiento ten\u00eda en el vecindario\u201d.<\/p>\n