{"id":947,"date":"2018-03-05T14:55:00","date_gmt":"2018-03-05T13:55:00","guid":{"rendered":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/2018\/03\/05\/ocio-nocturno-un-grave-problema-de-ruido\/"},"modified":"2018-03-05T14:55:00","modified_gmt":"2018-03-05T13:55:00","slug":"ocio-nocturno-un-grave-problema-de-ruido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/juristas-ruidos.org\/ocio-nocturno-un-grave-problema-de-ruido\/","title":{"rendered":"Ocio nocturno, un grave problema de ruido"},"content":{"rendered":"\n
\nEspa\u00f1a es un destino tur\u00edstico<\/em><\/strong> no solo de sol<\/em> <\/strong>y playa<\/strong>, es un pa\u00eds conocido mundialmente<\/em> <\/strong>por su esparcimiento<\/em><\/strong> y ocio<\/em><\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n
\u00bfCu\u00e1les son los locales de ocio nocturno? <\/strong><\/h3>\n
Espa\u00f1a es un destino tur\u00edstico<\/em><\/strong> no solo de sol y playa, es un pa\u00eds conocido mundialmente por su esparcimiento<\/em><\/strong> y ocio<\/em><\/strong>.<\/p>\n
Distinguimos diferentes tipos de establecimientos<\/em><\/strong> de ocio nocturno<\/em><\/strong> por su regulaci\u00f3n y caracter\u00edsticas.<\/p>\n
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- Aquellos establecimientos de hosteler\u00eda con calificaci\u00f3n en su licencia de actividad de \u201cpubs y bares con m\u00fasica\u201d<\/em><\/strong>, \u201crestaurantes\u201d<\/em><\/strong>, \u201ccafeter\u00edas\u201d<\/em><\/strong> y \u201cbares-quiosco\u201d<\/em><\/strong>, que cuentan con instalaciones que emiten m\u00fasica.<\/li>\n<\/ul><\/div>\n
Estos establecimientos con licencia para m\u00fasica<\/em><\/strong> en su interior<\/em><\/strong> no pueden obtener licencia para servir comida o bebida en el exterior, por ello se proh\u00edbe la instalaci\u00f3n de terrazas<\/em><\/strong> o veladores. <\/em><\/strong> Tampoco pueden instalar equipos<\/em><\/strong> o aparatos de m\u00fasica<\/em><\/strong>, ni disfrutar de actuaciones en directo en el exterior del establecimiento, ni servir comidas o bebidas en el exterior.<\/p>\n
\u00bfQui\u00e9n no conoce alg\u00fan ejemplo de ellos a pesar de la prohibici\u00f3n?<\/em> Es muy frecuente que, de manera claramente ilegal, encontremos grandes terrazas, se emita m\u00fasica, se instale una pantalla de televisi\u00f3n o se programen conciertos o karaokes bajo la excusa de \u2018amenizar\u2019 <\/em><\/strong>las terrazas<\/em><\/strong> \u2013prohibidas tambi\u00e9n- de estos establecimientos.<\/p>\n
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- Otros establecimientos con la clasificaci\u00f3n de ocio nocturno<\/em><\/strong> son los denominados de esparcimiento: Salas de fiesta<\/em><\/strong>, discotecas<\/em><\/strong>, discotecas de juventud<\/em><\/strong>, salas de variedades y tablaos flamencos, caf\u00e9s-cantante<\/em><\/strong> o caf\u00e9s-concierto<\/em><\/strong> y salones de celebraciones<\/em><\/strong>. En estos locales la emisi\u00f3n de m\u00fasica pregrabada o en vivo se tiene que realizar tambi\u00e9n preceptivamente en el interior de los locales y se aplican las prohibiciones anteriormente detalladas.<\/li>\n<\/ul>\n
\n\nSolo a los \u2018salones de celebraciones\u2019<\/em><\/strong> se les permite contar con \u00abzonas<\/strong> contiguas al aire libre<\/strong> exclusivamente destinadas para la consumici\u00f3n<\/strong> de comidas<\/strong> y bebidas<\/strong>\u00bb<\/em>.<\/p>\n<\/blockquote>\n
Solo a locales clasificados como \u2018salones de celebraciones\u2019<\/em><\/strong> se les permite que puedan contar con \u00abzonas contiguas al aire libre exclusivamente destinadas para la consumici\u00f3n de comidas y bebidas\u00bb<\/em>.<\/p>\n
Por supuesto, de acuerdo con lo ya adelantado, en estos establecimientos denominados \u2018<\/em>salones de celebraciones\u2019 <\/em><\/strong>la norma dice: \u00ab\u2026 en cualquier caso la reproducci\u00f3n sonora de m\u00fasica o las actuaciones en directo deben desarrollarse necesariamente en zonas cerradas debidamente aisladas ac\u00fasticamente conforme a las normas sobre la calidad del aire\u00bb.<\/em><\/p>\n
A pesar de ello volvemos a insistir en que todos conocemos y hemos asistido a eventos con m\u00fasica <\/em><\/strong>al aire libre<\/em><\/strong> (un merendero perdido en un precioso paraje que los fines de semana ameniza su terraza con actuaciones en directo o instala una pantalla gigante de televisi\u00f3n;<\/em> esa boda de ensue\u00f1o hasta el amanecer con baile en el exterior y un fant\u00e1stico grupo musical\u2026)<\/em><\/p>\n
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\u00bfC\u00f3mo se protegen los derechos de los perjudicados? <\/strong><\/h3>\n
No puedo dejar de pensar en todas aquellas personas que han pasado por el despacho para contar c\u00f3mo en su tiempo de descanso<\/em><\/strong>, en su bonita vivienda perdida en la sierra, no pod\u00edan dormir dado que un merendero<\/em><\/strong> contrataba grupos musicales<\/em><\/strong> por la noche<\/em><\/strong> hasta altas horas.<\/p>\n
Esto, les hac\u00eda perder y odiar a iguales partes sus vacaciones<\/em><\/strong>. Familias separadas en sus vacaciones porque no pueden soportar el ruido<\/em><\/strong> de los bares musicales<\/em><\/strong> en su estupenda vivienda en zona de playa.<\/p>\n
\n\nO aquellos vecinos<\/em><\/strong> de una discoteca<\/em><\/strong> que no pod\u00edan dormir o acceder a su vivienda\u2026. No hablo de simples quejas<\/em><\/strong>, sino de sufrimiento<\/em><\/strong> y afectaci\u00f3n real<\/em><\/strong>.<\/p>\n<\/blockquote>\n
O aquella familia que resid\u00eda junto a un ilegal sal\u00f3n<\/em><\/strong> de celebraciones<\/em><\/strong> que no ten\u00eda permitida m\u00fasica<\/em><\/strong> de ning\u00fan tipo.<\/p>\n
A pesar de ello, a\u00f1o tras a\u00f1o la familia \u2018tem\u00eda\u2019<\/em> la temporada de bodas<\/em><\/strong>, puentes<\/em><\/strong> y fines de semana<\/em><\/strong> porque no pod\u00eda descansar ni de d\u00eda ni de noche por el ruido de la actividad, ninguneada por la administraci\u00f3n local<\/em><\/strong> que utilizaba este establecimiento para todos sus festejos.<\/p>\n
O aquellos vecinos de una discoteca<\/em><\/strong> que no pod\u00edan dormir o acceder a su vivienda\u2026. No hablo de simples quejas, sino de sufrimiento<\/em><\/strong> y afectaci\u00f3n real<\/em><\/strong>.<\/p>\n
Esta es la otra cara del disfrute, bajo excusas como que existe un derecho al ocio<\/em><\/strong> y a ganar dinero con la actividad econ\u00f3mic<\/em>a<\/em><\/strong>.<\/p>\n<\/p><\/div>\n
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Responsabilidad de los municipios <\/strong><\/h3>\n
Corresponde a los\u00a0municipios<\/strong>\u00a0la competencia relativa a la\u00a0ordenaci\u00f3n<\/em><\/strong>,\u00a0autorizaci\u00f3n<\/em><\/strong>\u00a0y\u00a0control<\/em><\/strong>\u00a0del ejercicio de\u00a0actividades econ\u00f3micas<\/em><\/strong>\u00a0y\u00a0empresariales<\/em><\/strong>. Y tambi\u00e9n, la relativa a la ejecuci\u00f3n de actuaciones en materia de\u00a0protecci\u00f3n\u00a0<\/em><\/strong>del\u00a0medio ambiente<\/em><\/strong>\u00a0contra\u00a0ruidos<\/em><\/strong>\u00a0y\u00a0vibraciones<\/em><\/strong>. Y, por supuesto, el ejercicio de la potestad sancionadora\u00a0con relaci\u00f3n\u00a0a actividades no sometidas a autorizaci\u00f3n ambiental integrada o unificada.<\/p>\n
\n\nCorresponde a los\u00a0municipios<\/em><\/strong>, la\u00a0competencia<\/em><\/strong>relativa a la\u00a0ejecuci\u00f3n<\/em>\u00a0<\/strong>de\u00a0actuaciones<\/em><\/strong>\u00a0en materia de\u00a0protecci\u00f3n\u00a0<\/em><\/strong>delmedio ambiente<\/em><\/strong>\u00a0contra\u00a0ruidos<\/em><\/strong>\u00a0y\u00a0vibraciones<\/em><\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n
De lo expuesto hasta ahora hemos visto como es\u00a0absolutamente ilegal<\/em>\u00a0<\/strong>autorizar m\u00fasica pregrabada o actuaciones en vivo en el exterior de cualquier\u00a0establecimiento hostelero.<\/em><\/strong><\/p>\n
Tambi\u00e9n es ilegal contar con m\u00fasica en su interior sin las debidas\u00a0insonorizaciones<\/em><\/strong>, o ubicar una\u00a0terraza<\/em><\/strong>.<\/p>\n
Incurren los\u00a0t\u00e9cnicos municipale<\/em>s<\/strong>\u00a0en\u00a0responsabilidad<\/em><\/strong>\u00a0si han informado favorablemente o autorizado tales instalaciones sin respetar estas premisas. Sin perjuicio de la\u00a0responsabilidad patrimonial<\/strong>\u00a0que, con la concurrencia de determinados requisitos, debiera asumir el Ayuntamiento.<\/p>\n
He hablado de la m\u00fasica en el local pero\u00a0\u00bfalguien es responsable del tr\u00e1fico, del p\u00fablico que sale a fumar o con aquellos otros que salen y\/o entran provocando aglomeraciones, peleas o suciedad en la calle?<\/em><\/strong>.<\/p>\n
Es el establecimiento el que debe tener vigilantes de seguridad que impidan estos\u00a0ruidos<\/em><\/strong>\u00a0derivados directamente de la\u00a0actividad.\u00a0<\/em><\/strong>\u00a0No son ruidos que no deriven de la misma o de los que la actividad se pueda desvincular.<\/p>\n
Sin embargo, los perjudicados no solamente se encuentran con\u00a0el problema del ruido<\/em><\/strong>\u00a0en diferentes variantes. La mayor parte de ellos ya ha acudido a las instituciones locales para poner de manifiesto su problema, sin embargo, lo habitual es que no se haga nada por los poderes p\u00fablicos, solo en raras excepciones.<\/p>\n<\/p><\/div>\n
\n\nLa\u00a0Administraci\u00f3n<\/em><\/strong>\u00a0est\u00e1 obligada a actuar en pro de la\u00a0legalidad<\/em>\u00a0<\/strong>y de aplicarla, los\u00a0problemas<\/em><\/strong>\u00a0de los\u00a0afectados<\/em><\/strong>ser\u00edan mucho\u00a0menores<\/em><\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n
Es otro perjuicio a\u00f1adido que sufren los clientes: no solo se ven envueltos en\u00a0ruido, insomnio, gastos, perjuicios, procedimientos administrativos y judiciales, inactividad administrativa, peritos y mediciones<\/em><\/strong>\u2026\u00a0Se ven desprotegidos por las personas que deben controlar y sancionar esos establecimientos.<\/p>\n
Aqu\u00ed debemos parar y resaltar la\u00a0Sentencia del Tribunal Supremo<\/em><\/strong>,\u00a0de<\/strong><\/em>\u00a02\u00a0de junio de\u00a0<\/em>2008<\/strong>, en base a la cual se condena al\u00a0Ayuntamiento de V\u00e9lez-M\u00e1laga<\/em><\/strong>\u00a0al pago de una indemnizaci\u00f3n por importe de\u00a02,8\u00a0