Juristas piden a la Junta que derogue el decreto que permite música en los veladores y que el Ayuntamiento estudia aplicar.
La asociación Juristas contra el Ruido ha pedido a la Junta de Andalucía que derogue el decreto 155/2018 de 31 de julio por el que se aprueba el catálogo de espectáculos, actividades recreativas y establecimientos públicos, y al Ayuntamiento de Sevilla que no lo aplique, en caso de seguir en vigor, porque, según señala, tendrá consecuencias dañinas para la salud de los vecinos y el valor de las viviendas y además, les obligará a ir a los tribuanles para defender su derecho al descanso.
Mientras que la anterior normativa no permitía, en ningún caso, música al aire libre con excepción de los auditorios, el citado decreto da luz verde a esas emisiones, incluso en veladores,
El portavoz de este colectivo en Sevilla, el abogado Joaquín Herrera del Rey, afirma que en esa normativa hay una excepción que es «prácticamente la regla general» y es la que traerá los efectos nocivos a los residentes.
En concreto, dice que «la disposición adicional tercera contempla la instalación excepcional de equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisuales y actuaciones en directo de pequeño formato en terrazas y veladores de establecimientos de hostelería, incluso en zonas saturadas».
«Por tanto —sigue— teniendo esto en cuenta y lo que dice la exposición de motivos, puede haber actuaciones en directo de pequeño formato en terrazas y veladores. Y establecimientos donde se permitan actuaciones en directo sin medidas de aislamiento acústico idóneas. O sea, sin aislamiento y con puertas y ventanas abiertas».
Así las cosas, este colectivo pide al Ayuntamiento de Sevilla la prohibición de música en edificios residenciales por los problemas directos e indirectos que comporta y de música sin los aislamientos en cualquier local, con la aplicación del principio de cautela ante cualquier duda. También solicita que se impida que haya música y actuaciones en directo en veladores a no ser que estén situados a un mínimo de 600 metros de cualquier vivienda.
«En esta normativa —explica este experto— lo que parece la excepción es prácticamente la regla general. Los vecinos tienen que saber que la norma de la Junta de Andalucía no atiende al bien común ni a la razón, sino a intereses marcadísimos. Hay que buscar una recta ordenación del bien común, a favor de no vivir aturdido y contaminado».
En el Ayuntamiento de Sevilla dicen que la música al aire libre no está permitida en veladores y en el caso de establecimientos con espacios al aire libre en el interior no está permitida si se ubican en las declaradas como zonas acústicamente saturadas (ZAS). En estas zonas hay que tomar medidas para la progresiva reducción de los niveles sonoros en el exterior hasta que en ese suelo residencial los niveles de evaluación por ruidos en el ambiente exterior vuelvan a ser los legalmente establecidos.
En Sevilla las ZAS son las siguientes calles y entornos: Betis, Virgen de la Cinta, Plaza de la Gavidia, Alfalfa, Reina Mercedes, Enramadilla, Sebastián Elcano, Plaza de Armas, Arenal, Triana Norte (zona de Chapina), Jiménez Becerril y Blanco White.
Sobre cómo actúa el Ayuntamiento contra esas fuentes de ruido que molestan a los vecinos explican que en el caso de establecimientos al aire libre o con zonas al aire libre, se pueden realizar inspecciones disciplinarias o comprobatorias por parte de los inspectores municipales designados para dichas labores, ya que la ordenanza establece un régimen sancionador.
«Además —afirman fuentes municipales— la Policía Local puede formular un parte de denuncia por infracción leve ante los incumplimientos que no requieran comprobación acústica. Cuando, a juicio de los agentes se perciban unos niveles inaceptables, estos actuarán proporcionalmente sobre el emisor pudiendo intervenir. Cuando se realicen, se aplicará el procedimiento sancionador previsto en la actual ordenanza reguladora de Sevilla».
«La única salida contra el ruido para los vecinos será ir a los tribunales»
Para el portavoz de Juristas contra el Ruido, Joaquín Herrra del Rey, la aplicación del decreto de la Junta de Andalucía implica que la única salida posible para los vecinos es ir a los tribunales, preferentemente civiles, «ya que la norma administrativa ha perdido su razón de ser favoreciendo la contaminación acústica». «La Administración no amparará al vecino», apostilla.
Herrera del Rey aconseja a los residentes que llamen a la Policía Local cuando tengan un problema de ruido. «Dada la economía de medios —sigue— puede ocurrir que no vaya o cuando vaya la intensidad del ruido haya cesado o bajado. Los efectivos están dispuestos a ir, colaboran e intentan hacer un seguimiento del tema. Tienen ganas de servir al ciudadano. Es interesantísimo que el vecino pida el parte de intervención. Es una prueba privilegiada utilísima. Porque los vecinos tienen que irse a los tribunales pese a que hay expedientes con numerosísimas denuncias fehacientes y verificadas ya que la Delegación de Medio Ambiente no le da importancia. Las desdice o desvirtúa o minimiza».
La Junta de Andalucía ha dado 18 meses de plazo a los Ayuntamientos para adaptar su normativa a este decreto que establece un nuevo catálogo de espectáculos, actividades recreativas y establecimientos públicos y que entró en vigor el pasado 1 de agosto.
Fuentes municipales han dicho a ABC que se puede hacer a través de una modificación de la ordenanza, que tiene que ser ratificada por el Pleno a no ser que se trate solo de modificación de los anexos, ya que el decreto modifica la nomenclatura y establece una nueva tipología de espectáculos y establecimientos. Señalan que en estos momentos se está llevando a cabo un análisis técnico de ese decreto para evaluar la adaptación de la normativa municipal y afirma que «hay que tener en cuenta, además, que se trata de una normativa más y debe aplicarse en conjunción con las ordenanzas municipales».
La importancia de los efectos del ruido en los residentes es tenida en consideración por no pocos profesionales de distintas disciplinas. Así, Jaime Galbarro Muñoz, Joaquín Herrea del Rey, Antonio Peidro Cuadros y José Luis Rodríguez Laínz —médico, abogado, ingeniero industrial y magistrado, respectivamente— son autores del libro «Contaminación Acústica. Gestión del ruido por las Corporaciones Locales. Aspectos jurídicos, técnicos y sanitarios», enfocado hacia la necesidad de tomar conciencia del grave problema que supone la contaminación acústica.
Fuente: sevilla.abc.es
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