Enhorabuena al demandante y a Agustín Bocos, abogado de JcR por esta sentencia: se condena al Ayuntamiento de Palencia para que -dando cumplimiento al mismo- ordene llevar a cabo el cierre permanente de las instalaciones deportivas ubicadas en el patio del Colegio Público colindante a la vivienda hasta que se adopten las medidas correctoras suficientes para que las actividades deportivas no superen el límite de ruido establecido normativamente.
“Lo destacable de esta sentencia es que una actividad deportiva, como es la práctica del baloncesto, provoca una vulneración del derecho a la intimidad de un particular al superar los botes del balón y el tiro a canasta los niveles de ruido legalmente establecidos, lo que provoca molestias en el interior de su vivienda. Asimismo, teniendo en cuenta que el deporte se practica en las instalaciones de un colegio público, el ayuntamiento debía haber adoptado las medidas correctoras necesarias o, al menos, haber dado una respuesta a los escritos de los vecinos.”\
Fuente: actualidadjuridicaambiental.com