El TSJ revoca la sentencia de un juzgado de lo Contencioso y condena al Consistorio al pago de 50.000 euros por las molestias que ha padecido durante años en este conocido punto de ocio nocturno y que le han causado daños físicos y psíquicos
El Ayuntamiento de Murcia deberá abonar 50.000 euros a una vecina de una zona de ocio de la capital por el exceso de ruidos que ha padecido durante años y que le ha causado daños físicos y psíquicos, según se indica en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJRM).
La sentencia señala que el consistorio murciano debe asumir esa responsabilidad patrimonial porque omitió su deber de proteger a los ciudadanos frente a la contaminación acústica y no puso en marcha las medidas adecuadas para evitar o reducir las fuentes productoras de los ruidos.
Señala también la Sala que el Ayuntamiento concedió licencia a un bar de la zona, ubicado en la calle Victorio de Murcia, junto a la Universidad, pese a las continuas quejas de los vecinos por el exceso de ruidos que padecían en la misma.
Afirma también la Sala que las mediciones acústicas realizadas tanto en el interior de la vivienda como en el exterior de la misma comprobaron la existencia de ruidos por encima de los valores permitidos.
La Sala de lo Contencioso recuerda, por otro lado, que esta mujer puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía, que presentó una querella contra la propiedad del establecimiento que obtuvo la licencia municipal, pero que el caso acabó archivándose en el juzgado al no acreditarse fehacientemente que los ruidos procedieran del mismo.
La sentencia revoca así la dictada por un juzgado de lo Contencioso que desestimó el recurso presentado por esta vecina porque parte de los hechos habían prescrito y en otros no estaba debidamente acreditada la responsabilidad patrimonial del consistorio.
Ahora, el TSJRM llega a una conclusión distinta, revoca la sentencia de instancia, anula la resolución del ayuntamiento que desestimó el recurso de la apelante y condena a este organismo a indemnizarla con 10.000 euros por cada uno de los cinco años en que padeció la contaminación acústica. Además, condena al municipio a pagar las costas del recurso, aunque las limita a 3.000 euros.
Fuente: laverdad.es