La Audiencia Provincial de Cuenca condena a dos años y medio de prisión a los dueños de una discoteca cuyo ruido obligó a un matrimonio vecino a mudarse: tendrán que indemnizarles con 20.000 euros por daños sufridos por tras dos años de ruido
Los dueños de una discoteca de la localidad conquense de Las Pedroñeras han sido condenados a dos años y medio de cárcel y multas de más de tres mil euros por los ruidos del local, que obligaron a mudarse a los vecinos de la casa de al lado. La Audiencia Provincial de Cuenca ha decidido condenarles por delitos contra el medio ambiente y también de lesiones, obligándoles también a pagar una indemnización de 20.000 euros al matrimonio por las secuelas, entre otras un trastorno de ansiedad y episodios de depresión.
Según la sentencia, las primeras denuncias de este matrimonio llegaron en 2009, cuando el ruido de la discoteca Triángulo, con la que convivían pared con pared, se hizo imposible de soportar. Durante los siguientes tres años las mediciones realizadas por la Policía Local constataron que el ruido superaba los niveles legales, incluso después de varios apercibimientos, dos multas de 300 euros impuestas por el Ayuntamiento de la localidad, una orden de clausura y 46 atestados policiales por desobediencia.
La resolución judicial rechaza los argumentos de las defensas: por ejemplo, que se produjeron irregularidades en las mediciones del ruido realizadas tanto por la Policía como por una empresa, o que las molestias de los vecinos pudiesen tener su origen en otros focos de ruido, como por ejemplo los coches que pasaban por esa calle. Entre otras secuelas, según la sentencia, el matrimonio afectado sufrió depresión y ansiedad, teniendo incluso que coger bajas médicas en el trabajo: terminaron incluso mudándose para evitar la música de la discoteca.
La Audiencia Provincial de Cuenca impone a cada uno una pena de dos años y medio de cárcel por un delito contra el medio ambiente, además de una multa de 1.920 euros, y otra más de 1.440 euros a cada uno por dos delitos de lesiones. También tendrán que indemnizar con 20.000 euros al matrimonio por los daños sufridos, así como por las secuelas: se trata de una sentencia recurrible y de hecho ya ha sido anunciado un recurso ante el Tribunal Supremo, pero que en caso de devenir en firme implicaría la entrada en prisión de los dos condenados.
Segunda sentencia
Los ruidos de esta discoteca llevan varios años dando vueltas por los tribunales, y el caso todavía es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo. La Justicia abrió las primeras diligencias en 2010 tras una denuncia del matrimonio, y la Audiencia Provincial decidió absolverles en 2015: los magistrados entendieron entonces que el peligro para la salud de los vecinos ocasionado por el ruido “no puede calificarse como grave”, afirmando también que la ansiedad y la depresión sufrida por el matrimonio de la casa de al lado pudo deberse a otras causas, y no necesariamente a dos años de ruidos incesantes de noche.
Fue el año pasado cuando el Supremo decidió ordenar que un tribunal compuesto por nuevos jueces dictase una nueva resolución sobre este caso, criticando con dureza a la sentencia absolutoria: acusaron a los magistrados de hacer una “banalización de los efectos perjudiciales” sufridos por los vecinos, revocando la absolución de los dueños de la discoteca.
Ahora será el mismo Tribunal Supremo el que revise esta nueva sentencia que impone una de las mayores condenas de prisión impuestas por el ruido de un local desde que en 2009 la Justicia española empezase a considerar legalmente las consecuencias como posibles delitos de lesiones. Hace un año, por ejemplo, la Audiencia Provincial de Madrid condenó al dueño de un local de Brunete a tres años y medio de prisión.
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