Nueva sección: ¡Preguntas, contestamos, decides! Una iniciativa de Juristas contra el Ruido y conRderuido.com
¿Qué puedo hacer cuando el ruido del ocio entra en mi casa? ¿A quién me dirijo cuando mi vecindario se ha convertido en una ‘fiesta’ continua llena de ruidos por las actividades programadas por el Ayuntamiento?
¿Es cierto que los tribunales son más sensibles a fallar a favor de las personas afectadas por ruido? ¿Cómo está la normativa actualmente?
¿Qué puedo hacer cuando el ruido del ocio entra en mi casa?
¡Preguntas, contestamos y decides! En esta nueva sección los/las abogados/as especialistas en ruido y contaminación acústica de Juristas Contra el Ruido responden a tus preguntas sobre cómo abordar este grave problema.
Te lo contamos en conRderuido.com, el portal profesional exclusivo de IPDGrupo.com que te ofrece información para decidir sobre ruido, salud y convivencia.
Tengo un problema de ruido con un establecimiento de ocio y restauración en los bajos de mi casa, ¿qué puedo hacer?
Nuestra recomendación es que, en cuanto empieces a sentir molestias por ruido, te pongas en contacto con el titular del restaurante.
Debes poner en su conocimiento dichas molestias y solicítale que adopte las medidas necesarias para evitarlas.
Pedir el cese de los ruidos causantes de las molestias
En caso de que no obtengas la respuesta deseada, habla con el presidente de tu comunidad de propietarios para que requiera al titular el cese de los ruidos causantes de las molestias.
En caso de no responder, debe convocarse junta de propietarios para decidir acudir a la vía judicial.
Así mismo, si en un plazo prudencial el titular no actúa, puedes poner los hechos en conocimiento de tu Ayuntamiento y solicitar que realicen mediciones de ruido en tu vivienda.
Si tu Ayuntamiento no actúa, ni tampoco la junta de propietarios, lo conveniente es que te pongas en contacto con un abogado especializado en contaminación acústica.
¿A quién me dirijo cuando mi vecindario se ha convertido en una ‘fiesta’ continua llena de ruidos por las actividades programadas por el propio Ayuntamiento?
Debes dirigirte a tu Ayuntamiento como responsable de dichos eventos y solicitar que sean reubicados en un lugar en que no sean molestos.
Las actividades programadas se autorizan previa incoación de un expediente en el que debe constar un estudio de impacto acústico, planes de seguridad y autoprotección.
El art. 9 de la Ley estatal del ruido contempla que, con motivo de la organización de actos de especial proyección oficial, cultural, religiosa o de naturaleza análoga, las administraciones públicas competentes podrán adoptar, en determinadas áreas acústicas, previa valoración de la incidencia, las medidas necesarias que dejen en suspenso temporalmente el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica que sean de aplicación a aquéllas.
Suspensión provisional de los objetivos de calidad acústica
Los titulares de emisores acústicos podrán solicitar de la Administración competente, por razones debidamente justificadas que habrán de acreditarse en el estudio acústico, la suspensión provisional de los objetivos de calidad acústica aplicables a la totalidad o a parte de un área acústica.
Este artículo es de aplicación restrictiva y requiere adoptar medidas correctoras eficaces y el uso de las mejores técnicas disponibles para evitar las molestias.
Ya hay sentencias que establecen que no habiendo adoptado esas medidas o siendo ineficaces deben trasladarse dichos eventos a zonas no residenciales.
¿Es cierto que los tribunales son más sensibles a fallar en favor de las personas afectadas por ruido? ¿Cómo está la normativa actualmente?
Nuestra percepción es que los juzgados y tribunales son muy estrictos con la prueba aportada.
Cualquier cuestión relacionada con molestias por ruido debería ir acompañada de buenos informes periciales acústicos acreditando que los ruidos superan los niveles máximos permitidos en las Ordenanzas así como los usos tolerables.
Y en caso de no existir ordenanza, hay límites que establece la legislación estatal. En caso de que el procedimiento vaya acompañado de prueba suficiente y afectando a derechos fundamentales es viable que prospere.
Encuentra tu abogado/a en Juristas contra el Ruido
Ten en cuenta que la normativa sobre ruido y contaminación acústica puede variar dependiendo de cada Comunidad Autónoma.
Aquí te ofrecemos información de los profesionales por zonas de actuación, para que puedas contactar con facilidad y empezar a resolver tu problema.
Alfons Catena – Barcelona
El despacho Catena Oliva incluye abogados que tienen interiorizada la cultura de compromiso total con los clientes, como razón de ser profesional y deontológica.
Su actuación destaca en:
- Civil
- Sucesiones
- Familia
- Contratos y atención jurídica a mayores
Están especializados en el tratamiento jurídico de los problemas relacionados con la contaminación acústica y el ruido. Forman parte de Juristas contra el Ruido.
Agustí Cerveró – Islas Baleares
Abogado especializado en Derecho Público en el ámbito administrativo, ambiental y urbanismo.
Especialista en los problemas relacionados con la contaminación acústica y el ruido.
Secretario de Administración Local de categoría superior, en excedencia, y letrado del Parlament de les Illes Balears, también en excedencia, así como miembro de Juristas contra el ruido.