Un informe enviado al juzgado asegura que desde 2013 no se hacen inspecciones por la noche por la anulación del calendario laboral, la falta de personal y la negativa a hacer horas extras

Los ciudadanos de Sevilla se encuentran “indefensos” contra la contaminación acústica nocturna. Así de contundente se ha expresado un funcionario en un informe que ha sido remitido a un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla que desde el año 2011 investiga el ruido que emiten unos aparatos de aire acondicionado de un edificio en funcionamiento las 24 horas al día, con el consiguiente perjuicio para los vecinos de la zona.

El juez de lo Contencioso-Administrativo número 8 y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)condenaron al Ayuntamiento a que comprobara si los ruidos de las máquinas de climatización sobrepasaban o no los límites permitidos, y le dio un plazo de tres meses para que esa medición se realizara en un horario nocturno, cuando las molestias pueden ser mayores.

La sorpresa se ha producido ahora cuando el Ayuntamiento de Sevilla ha remitido un extenso informe en el que reconoce que las mediciones por las noches llevan siete años sin llevarse a cabo por diversas razones, entre las que destacan la anulación del calendario laboral, la falta de personal del Servicio de Protección Ambiental, y porque las medidas alternativas propuestas, como la realización dehoras extraordinarias por parte de los técnicos, han sido siempre rechazadas.

DESDE EL AÑO 2013 LAS INSPECCIONES DE RUIDO SÓLO PUEDEN HACERSE HASTA LAS TRES DE LA TARDE

La situación de indefensión la describe con rotundidad el jefe de la Oficina Técnica de Licencias del Ayuntamiento, Domingo Guijarro, en un comunicado dirigido al propio jefe de Servicio de Protección Ambiental, Alfonso Pinto, que es quien ha trasladado al juzgado la imposibilidad de realizar esa medición nocturna concreta de unos aparatos de climatización en horario de noche . “Desde hace siete años los ciudadanos de Sevilla se encuentran indefensos y sufren las consecuencias de la contaminación acústica en periodo nocturno –en el que mayores incidencias se producen y en el que mayores son sus afecciones para el descanso–, y por cuestión ética y de respeto al resto de ciudadanos de Sevilla –que es fácil de comprender y por supuesto apoyar– consideran los técnicos bajo mi cargo que no se deben realizar excepciones como el caso planteado”, aseguraDomingo Guijarro.

Este documento forma parte del informe enviado al juzgado por el jefe de servicio de Protección Ambienta, Alfonso Pinto, quien explica al juez que dicha unidad contaba inicialmente con un calendario que permitía la realización por parte del personal técnico especializado de actuaciones fuera de su jornada laboral –de ocho de la mañana a tres de la tarde– lo cual “hacía posible, entre otras taras, la realización de mediciones y ensayos acústicos en horarios vespertino o nocturno”.

Sin embargo, prosigue el jefe de servicio, este calendario laboral, “a raíz de los recortes que sufrió la Administración en general tras la crisis económica que azotó a nuestro país por aquellas fechas, dejó de estar operativo desde el 1 de enero de 2013”. Desde entonces, este jefe de servicio y el anterior, han intentado “infructuosamente recuperar la operatividad de dicho instrumento, siendo rechazadas todas las propuestas presentadas ante el servicio de Recursos Humanos de este Ayuntamiento”, habiéndose realizado “numerosas peticiones de personal (la mayoría infructuosas)” al servicio de Recursos Humanos requiriendo mayores medios personales.

Situación “anómala” por la falta de calendario

Dice el funcionario municipal en su informe al juzgado que esta “situación anómala”resultante de la falta de calendario también fue puesta de manifiesto por los propios funcionarios adscritos a la sección de Disciplina Ambiental –la responsable de la realización de las inspecciones disciplinarias–. Esa denuncia se hizo “verbalmente en numerosas ocasiones” y por escrito el 24 de mayo de 2018, y la situación se complica desde junio de 2018 porque desde esta fecha hay una jefatura de sección “vacante y sin cubrir, a pesar de las reiteradas peticiones realizadas”.

El jefe de servicio explica igualmente al juez que en su día el entonces directo general de Medio Ambiente, Parques y Jardines, intentando dar una “solución momentánea a esta situación, ordenó la salida de los inspectores fuera del horario ordinario, aún careciéndose de calendario aprobado, negándose éstos hasta tanto dicho instrumento no constase con dicha aprobación”. Esto provocó la apertura de sendos expedientes disciplinarios a cada uno de los técnicos integrantes de la Inspección de la Sección de Disciplina Ambiental, que finalmente concluyeron en su sobreseimiento y “sin ninguna sanción”, por lo que no volvió a intentarse de nuevo.

Ante esta situación, el jefe de servicio ha intentado que las mediciones pudiesen realizarse mediante “horas extraordinarias” del personal técnico que se ofreciera voluntariamente a ello, pero serían necesarios al menos tres técnicos y la respuesta de este personal ha sido “negativa”. Además, señala que está prevista la supresión del servicio de Protección Ambiental en la administración municipal para trasladar sus competencias a la gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente.

El jefe de servicio Alfonso Pinto acaba mostrando que no aprecia ninguna solución a la situación. “Tras esperar infructuosamente que la propuesta de nuevo calendario iniciase el procedimiento para su aprobación, quien suscribe no encuentra, a día de hoy, solución alguna para dar cumplida respuesta al requerimiento planteado por el juzgado: la restauración del calendario no parece previsible a corto plazo; la desaparición del servicio parece inminente; su desmantelamiento paulatino es un hecho; y el personal que todavía permanece en él y que posee conocimientos y experiencia para realizar los trabajos requeridos sólo podría llevarlos a cabo durante la jornada ordinaria, habiendo rechazado de forma expresa la posibilidad de realizarlos fuera de ésta, aun siendo retribuidos por ello”.

EL FUNCIONARIO LLEGA A PROPONER QUE EL JUEZ PLANTEE UNA SOLUCIÓN PARA LAS INSPECCIONES

La situación llega a ser tan surrealista que el funcionario acaba planteándole al juez si tiene alguna idea sobre cómo solucionar el problema por la falta de realización de esas mediciones nocturnas. “Quedamos a su entera disposición para dar cumplimiento a cualquier otra solución alternativa que por su parte tuviera a bien indicarnos y cuyo cumplimiento se encuentre en nuestra mano”, concluye el jefe de Servicio de Protección Ambiental, quien señala que la posibilidad de disponer de un cuerpo de inspección “adecuado y operativo en materia de control y policía de actividades, acorde con una ciudad de la importancia de la nuestra, con una conflictividad elevada (cerca de un millar de expedientes disciplinarios anuales y cerca de 3.000 en materia de legalización) ha sido siempre objetivo prioritario de esta jefatura de servicio, pero todos los intentos realizados hasta hoy para lograrlo no han producido los frutos deseados”, lamenta Alfonso Pinto.

Tras este informe, el vecino recurrente va a solicitar al juez que se imponga la “más elevada multa coercitiva a que haya lugar en Derecho”, dada la obligación legal de realizar estas mediciones, y también que se envíe a la Fiscalía el escrito del jefe de servicio de Protección Ambiental.

El recurrente recuerda que la medición a la hora y en el lugar de mayor repercusión no tiene alternativa, puesto que tiene la consideración de una “prueba diagnóstica”y los daños que se están causando a los vecinos de Sevilla por la no realización de las medidas correctivas son “inestimables”.

La Policía Local tampoco puede hacer inspecciones

El funcionario analiza en el informe remitido al juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Sevilla todas las posibilidades para la realización de la inspección del ruido objeto del litigio, incluida que la misma pudiera hacerse por agentes de la Policía Local, pero concluye igualmente negando esta posibilidad.

El jefe de servicio de Protección Ambiental señala en cuanto a la posibilidad de que las mediciones en horario nocturno fuesen realizadas por agentes de la denominada Línea Verde de la Policía Local que en la actualidad esta unidad no cuenta con el material necesario, “con sonómetros del tipo exigido o verificados”, ni los agentes han sido formados para adaptarse a las condiciones de realización de los ensayos, derivadas de las exigencias contenidas en las nuevas disposiciones aprobadas en materia de ruidos y vibraciones: la ordenanza municipal contra la contaminación acústica y el reglamento andaluz de protección contra la contaminación acústica.