La Sección de lo Contencioso -Administrativo Plaza n.º 1 del Tribunal de Instancia e Salamanca ha estimado íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por varios vecinos afectados por las inmisiones acústicas procedentes del área de recreo para perros (pipicán) situada en el Paseo Padre Enrique Basabe, junto al Centro de Artes Escénicas y de la Música (CAEM).

En su Sentencia nº 39/2026, de 27 de febrero de 2026, el Juzgado declara no conforme a Derecho la desestimación por silencio administrativo de la solicitud presentada el 16 de diciembre de 2024 frente al Ayuntamiento de Salamanca por las molestias derivadas de los ladridos de los perros en dicha instalación municipal. 

El órgano judicial considera acreditado que:

  • Los niveles de ruido registrados en el interior de las viviendas superaban los límites establecidos en la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León y en la Ordenanza Municipal.
  • Las mediciones realizadas tanto por la Policía Local como por laboratorio acreditado reflejaron valores de hasta 45,8 dB en horario diurno, superando ampliamente los máximos permitidos.
  • Las molestias eran constantes y persistentes, afectando gravemente al descanso y a la salud de los residentes.
  • Se acreditó incluso afectación psicológica y problemas de ansiedad y sueño en uno de los demandantes.

El fallo establece el reconocimiento del derecho de los recurrentes al cese de las molestias acústicas y la obligación del Ayuntamiento de acordar la clausura del área de recreo para perros o su traslado a un emplazamiento adecuado donde no cause perjuicios a los vecinos.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación. 

La defensa jurídica de los demandantes fue asumida por la abogada María José Rodríguez Domínguez, miembro de Juristas contra el Ruido, asociación integrada por profesionales del Derecho sensibilizados y especializados en la temática ambiental acústica.