Yomara García Viera, abogada y presidenta de la Asociación Nacional de Juristas contra el Ruido, analiza cómo le afecta el ruido al sector turístico

Los hoteles están entre los principales afectados cuando en una zona turística se producen actividades que generan contaminación acústica, así lo cree Yomara García Viera, abogada y presidenta de la Asociación Nacional de Juristas contra el Ruido. “Cuando se resuelve, el turista ya se ha ido y va a dejar constancia en las redes sociales y en internet de que ha dormido mal y de que hay actividades molestas”, explica en este segundo fragmento de la entrevista concedida a Tourinews.

Convivencia del ocio y el uso residencial, party boats, fiestas en la playa o la relación del alquiler vacacional y el incremento de las quejas por ruido son algunos de los aspectos que ha tratado la experta.

Pregunta (P): Siempre que se habla de ruido se hace alusión al ocio nocturno, pero hay otras fuentes como el tráfico, la recogida de residuos… ¿No?

Respuesta (R): Siempre se habla del ocio nocturno como fuente del ruido, aunque es verdad que el tráfico es la fuente de contaminación acústica que más afecta a la salud de las personas. Pero, además del tráfico y del ocio, existen un sinfín de fuentes de ruido: aparatos de aire acondicionado, terrazas y veladores, actividades clasificadas, gimnasios, cualquier actividad de restauración que no esté debidamente aislada…

P: ¿Hay diferencia entre los límites acústicos en zonas residenciales y turísticas?

P: El límite en zonas residenciales suele ser de 45-50 decibelios en exterior en horario nocturno y de 60 en el de día. Sí que es verdad que en zonas turísticas puede subir un poco más. Pero tampoco nos podemos olvidar del límite en interior de recepción domiciliaria, que es constitucional y no puede vulnerarse.

P: ¿Esto se aplica también en los hoteles?

R: Como viene reconociendo la jurisprudencia, una habitación de un hostal u hotel se usa para residir, para descansar o dormir, por un periodo concreto de tiempo. Procura alojamiento, una vivienda en formato pequeño, para uno o varios días. Y no es un uso ni sanitario, ni comercial, ni de oficinas, ni industrial… Por lo que el destino que se da a una habitación de hotel debe ser considerado como uso residencial.

P: ¿Están legitimados los titulares de los hoteles para reclamar por ruidos y contaminación acústica en suelo turístico?

R: Las actividades de ocio nocturno en las proximidades de los hoteles, en las zonas turísticas, pueden generar muchos problemas de ruido y contaminación acústica, así como otros efectos indirectos, aditivos y acumulativos (tráfico inducido, comportamiento incívico en el entorno, consumo de alcohol y drogas en la vía pública, peleas, evidente deterioro y devaluación del entorno, comportamientos ruidosos, incívicos y molestos, etc.). Por tanto, los hoteles tienen legitimación y condición de “interesados” para exigir el cese de la actividad contaminadora y la actividad de control e inspección municipal, ya que se pueden generar quejas de los turistas del hotel con la consiguiente pérdida patrimonial y de imagen de la actividad hotelera.

“Cuando hay ruido en el entorno del hotel, le hacen la faena, porque el turista va a dejar constancia en internet de que ha dormido mal y de que hay actividades molestas”

P: En caso de botellones en las proximidades del hotel ¿quién sería el responsable?

R: Hay dos responsables. Los que hacen botellón, actividad que es absolutamente ilegal y, por lo tanto, la policía tendría que acudir, sancionar y exigirles que cesen. También es responsable el ayuntamiento por no controlar e inspeccionar esa actividad molesta y por no evitar que se produzca.

P: Si un turista protesta por el ruido en el entorno del hotel, ¿se resuelve antes de que terminen sus vacaciones?

R: La administración es lenta e ineficaz y, lamentablemente, la policía no tiene sonómetros, por lo que no puede medirA veces hacen actas de percepción subjetiva con mucha suerte: van allí, ven que realmente hay ruido y lo reflejan en un informe; pero al hotel le hacen la faena, porque cuando se resuelve el turista ya se ha ido y va a dejar constancia en las redes sociales y en internet de que ha dormido mal y de que hay actividades molestas.

P: España es un país de tradición nocturna. Por ejemplo, en Andalucía esperan a las ocho para poder salir a la calle, porque si no se hace imposible, ¿qué solución se propone a esas personas?

R: Es fundamental trabajar desde la educación y el civismo, concienciar. Nosotros hacemos cursos y charlas en centros escolares y universidades para concienciar sobre este tema. Hay que introducir el factor ruido tanto en las intervenciones municipales como en la educación.

P: Vecinos de Colònia de Sant Jordi (Mallorca) han llegado a denunciar los tardeos en hoteles, ¿dónde está el punto de equilibrio?

R: No se está pidiendo el absoluto silencio en las ciudades, pero ya hay sentencias que te dicen que el confort acústico urbano es posible. Tenemos que hablar del medioambiente urbano. Al final es un problema de salud pública, porque aunque no nos demos cuenta, nos afecta el ruido. Por lo tanto, los ayuntamientos tienen que cumplir: la norma existe, tienen que aplicarla.

P: ¿Pueden ser los sonómetros la solución?

R: Sirven de diagnóstico, para saber dónde está el problema, cuántos decibelios hay… Si te pones el termómetro, pero no te tomas la medicina, no sirve absolutamente de nada. Nos olvidamos de que hay usos incompatibles con la zona residencial. Una discoteca bajo un domicilio es absolutamente incompatible, porque por más que aislemos el local para que no transmita ese ruido, existen otros efectos aditivos propios del ocio como la acumulación de personas en el exterior, los gritos, el consumo de bebidas, los vómitos, etc. una serie de factores que si la actividad no se realizara bajo nuestra vivienda, no existían. Lo cierto es que las viviendas vacacionales están generando muchos problemas de ruido también. Por lo tanto, hay que trabajar desde la planificación urbanística.

P: ¿Le compensa al contaminador de una actividad de ocio nocturno infringir la norma?

R: Es frecuente encontrar actividades de ocio nocturno que incumplen las normas (falta de aislamiento, falta de título habilitante, incumplimiento de horarios, exceso de aforo, etc.). Sin embargo, pese a las reiteradas denuncias de los afectados, los contaminadores continúan desarrollando dicha actividad impunemente. Ello es debido a que se aprovechan de la inactividad o actividad ineficaz municipal, siendo el ayuntamiento el que debe ejercer de una forma rápida y eficiente la labor de control, de inspección y sancionadora. Las sanciones, cuando se imponen, suelen compensar a las actividades contaminadoras, ya que, pese a su abono, los beneficios económicos que obtienen durante un fin de semana son tan elevados que les sale a cuenta. Por ello, desde Juristas contra el Ruido siempre insistimos en que deben adoptarse medidas cautelares urgentes que acuerden la paralización de la música o el cese de actividad, previa audiencia al interesado.

P: Si yo compro un piso en zona de copas, ¿puedo empezar a denunciar al día siguiente?

R: Sí, se llama la teoría de la prexistencia. El hecho de que la actividad esté antes no la legitima para realizar todo el ruido que quiera, debe aplicar siempre medidas correctoras, porque deben cumplirse determinadas normas y límites. A lo mejor, se discutiría si tengo derecho o no a una indemnización, porque he comprado el piso sabiendo que estaba en esa zona, pero lo que puedo exigir es que se apliquen medidas correctoras para que mi derecho fundamental a la intimidad personal y a la inviolabilidad del domicilio no esté vulnerado.

“La gente suele llevarse a la playa sus amplificadores y no comparten su música, comparten su ruido”

P: ¿Hay casos por el que un ruidoso haya ido a la cárcel?

R: En Extremadura hay una condena no solamente a las actividades contaminadoras molestas de ocio nocturno, sino también en su día a los responsables públicos: concejales, alcaldesa… En el caso de La Madrila, en Cáceres, no fueron indultados y tuvieron que entrar en prisión. El problema de la contaminación acústica puede suponer también un delito, tanto de prevaricación por parte de las autoridades por omisión, como contra el medioambiente en modalidad de contaminación acústica, unido a delito de lesiones que se causan a las personas.

P: Hay otros fenómenos como los party boats, que a veces organizan celebraciones frente a la costa, ¿la legislación es diferente a tierra?

R: En unas jornadas en Ibiza hace unos años nos contaban que tenían unos problemas enormes por los ruidos de los barcos próximos a la costa. Al final se resolvió por una cuestión de protección de aves en la zona. Si te llega la emisión a tu domicilio, la administración pública, que es la que tiene que controlar, proteger, velar e inspeccionar, debería actuar.

P: ¿Ha funcionado?

R: Es complicado, pero sí que es verdad que cada vez hay muchísimas más quejas y que debe controlarse ese tema. Yo recuerdo estar en La Graciosa, disfrutando apaciblemente del paraíso y que llegase un barco con la música de discoteca a todo volumen molestando. Desde luego, nunca pensamos en la protección auditiva de esas personas que también está disfrutando de ese ocio, se ven perjudicados por los sonidos tan altos. Se puede poner música, pero ahora todo está amplificado y parece que cuanto más alto, mejor.

P: Esto también suele ocurrir mucho en la playa…

R: La gente suele llevarse a la playa sus amplificadores y no comparten su música, comparten su ruido. ¿Por qué tengo yo que soportar el ruido de otro? A la playa uno va habitualmente a relajarse. Además, si todos hiciéramos lo mismo, imagina lo que supondría. Es una cuestión de educación, básicamente.

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