Dada la patente inactividad del Ayuntamiento de Sevilla, en ayudar a los vecinos con los problemas de contaminación acústica, queremos informar sobre las recientes tendencias jurisprudenciales en esta materia:

1ª.-Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal, Sentencia 870/2021 de 12 Nov. 2021, Rec. 5282/2019

En el supuesto, situación prolongada en el tiempo, y el resultado de cierta entidad que afecta a la salud de los denunciantes, son los mismos que el tribunal de instancia ha tenido cuenta para poder calificar los hechos tanto como un delito de contaminación acústica del art. 325 CP como de dos delitos de lesiones art. 147 CP, por lo que procede rebajar la pena impuesta respecto del Tribunal de instancia , a la mínima de 3 meses de prisión por cada delito de lesiones, en los términos que diremos en nuestra segunda sentencia.